SAP Madrid 327/2011, 2 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución327/2011
Fecha02 Junio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00327/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 120 /2010

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

D. CESAREO DURO VENTURA

D. JOSE MARIA SALCEDO GENER

En MADRID, a dos de junio de dos mil once.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 874/2008 del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PARLA seguido entre partes, de una como apelantes D. Dionisio , D. Ismael , representado por el Procurador Sr. Donaire Gómez, Jose Angel y de otra, como apelado D. Rodrigo , representado por la Procuradora Sra. Pérez Baviera, Gema.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de PARLA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 15 de octubre de 2009 , cuya parte dispositiva dice: "Se estima la demanda presentada por el Procurador SR. GONZALEZ POMARES en nombre y representación de DON Rodrigo contra DON Dionisio Y DON Ismael y debo de condenar y condeno a estos últimos a hacer un uso adecuado de sus plazas de garaje de tal forma que no obstaculicen el aparcamiento del actor y al el abono de las costas". Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal de D. Dionisio y D. Ismael se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que lo impugno. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 25 de mayo de 2011, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA SALCEDO GENER.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida

PRIMERO

Por la representación procesal de D. Dionisio y D. Ismael , se presenta recurso de apelación frente a la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Parla de fecha 15 de octubre de 2009 se formula como primer motivo de su recurso vulneración de los art. 398 y 394 del C.c ., de los art. 7 y 9 de la Ley de Propiedad Horizontal y del art. 217 de la LEC y de la doctrina legal y jurisprudencia que los interpreta; entienden los apelantes que ninguno de los hechos en que se basa la demanda han sido acreditados por el actor, empezando por el de la imposibilidad de hacer uso de la plaza de aparcamiento por el demandante y también falta de prueba del mal uso de sus plazas de garaje atribuidos a los demandados; para los recurrentes en el caso que nos ocupa, no nos encontramos ante una acción de cesación por la Comunidad de Propietarios sino ante una petición particular por uno de estos; consta por ultimo que, el propio demandante reconoce que los...

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