SAP Badajoz 344/2011, 4 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 344/2011 |
Fecha | 04 Noviembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00344/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de BADAJOZ
1280A0
AVDA. COLÓN Nº 8,2ª PLANTA
Tfno.: 924284238-924284241 Fax: 924284275
N.I.G. 06015 37 1 2011 0204039
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000398 /2011
Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001063 /2011 Apelante: Gabino
Procurador: MARIA DE LAS NIEVES TORRES MATA
Abogado: . .
Apelado: Felicidad
Procurador: FRANCISCO JAVIER RIVERA PINNA
Abogado: EVA DUARTE HUEROS
S E N T E N C I A N U M: 344/2011
SEÑORES DEL TRIBUNAL
ILUSTRISIMOS/AS SRES/AS
PRESIDENTE/A
D. ISIDORO SÁNCHEZ UGENA.
MAGISTRADOS/AS
D. CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO
D. FERNANDO PAUMARD COLLADO.
En la ciudad de BADAJOZ, a cuatro de Noviembre de 2011.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001063 /2011, seguidos en el JDO.DE 1A INSTANCIA N. 5 de BADAJOZ, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000398 /2011; seguidos entre partes, de una como recurrente/s D/Dª. Gabino, representado/s por el/la Procurador/a D/Dª MARIA DE LAS NIEVES TORRES MATA, dirigido/s por el Letrado D. . ., y de otra como recurrido/s D/Dª. Felicidad, representado/s por el/la Procurador/a D/Dª FRANCISCO JAVIER RIVERA PINNA y dirigido/s por el/la Letrado/a D/ª EVA DUARTE HUEROS. Actúa como Ponente, el/ la Iltmo/a. Sr/Sra. D/ª D.ISIDORO SÁNCHEZ UGENA.
La actora solicitó en su demanda se ordene la división de los bienes que existen en común entre su mandante y la demandada, sacándolos, en su caso, si no llegaren a un acuerdo en cuanto a su adjudicación a uno de ellos, a venta en publica subasta y con admisión de licitadores extraños, y condenando al abono de las costas procesales si se opusiese a la presente demanda.
La resolución dictada en la instancia resolvió:
"Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Torres Mata, en nombre y representación de don Gabino contra doña Felicidad, debo declarar y declaro la disolución de la comunidad existente entre ambos, debiéndose vender en pública subasta, con admisión de licitadores extraños, los dos inmuebles descritos en el Fundamento Jurídico Primero de esta sentencia, sin hacer imposición de costas a ninguna de las partes".
Ahora se alza el apelante interesando la revocación de la resolución dictada en la instancia.
En el presente caso la recurrente pretende la revocación de la Sentencia impugnada para que se le dicte otra, en la que se acuerde que debe incluirse el pasivo expuesto en la demanda en la disolución de la comunidad, al que se aplicara el importe resultante de la venta en subasta del activo.
Alega en esencia que la sentencia recurrida no entra a conocer ni resolver en cuanto al tema de las deudas.
Por su parte, el apelado sostiene que la sentencia recurrida debe ser confirmada por sus propios fundamentos.
El Fallo de la sentencia recurrida consta literalmente "debo declarar y declaró la disolución de la comunidad existente entre ambos" (los litigantes). Hecha la anterior declaración no se entiende ni tiene cabida posible la pretensión deducida en el recurso; si la pretensión deducida en la demanda ha sido estimada y aprobada la disolución de la comunidad existente hasta ahora, no cabe hablar de si se a incluido en tal disolución esta o aquella partida, porque en ella quedan incluidas todas las partidas, sean para ir al activo o sea para ir al pasivo en el proceso de liquidación, al que hasta ahora no se ha llegado, además de por las razones que refiere el juzgador de instancia en su...
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