SAP Salamanca 472/2011, 10 de Noviembre de 2011

PonenteJESUS PEREZ SERNA
ECLIES:APSA:2011:721
Número de Recurso318/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución472/2011
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1SALAMANCA SENTENCIA: 00472/2011

SENTENCIA NÚMERO 472/11

En la ciudad de Salamanca a diez de Noviembre de dos mil once.

La Audiencia Provincial de Salamanca, constituida por el Ilmo. Magistrado Don JESÚS PÉREZ SERNA ha Visto en grado de apelación el Juicio Verbal Nº 597/2010 del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Béjar, Rollo de Sala Nº 318/11 ; han sido partes en este recurso: como demandante apelada Dª. Consuelo, representada por la Procuradora Doña Mª Ángeles Pedraza Martín, bajo la dirección del Letrado Don Alberto Vázquez Perfecto, y como demandado apelante D. Pascual, representado por el Procurador Don Manuel Martín Tejedor, bajo la dirección del Letrado Don Francisco Cañadas Sánchez.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día quince de Febrero de dos mil once, por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia Nº 1 de Béjar, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Estimo la demanda interpuesta por Dª Consuelo contra D. Pascual, condenado a este último a abonar a la anterior la cantidad de 863,05 #, más los intereses legales y costas."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada que fue formalizado en tiempo y forma y presentado escrito hizo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la revocación de la resolución recurrida, dictándose otra en la que se desestime íntegramente la demanda, absolviendo al demandado, con imposición de costas a la contraparte. Dado traslado de la interposición del recurso a la contraparte, por la legal representación de ésta se presentó escrito de oposición al mismo, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones, para terminar suplicando la confirmación de la sentencia recurrida, con expresa imposición de costas a la parte apelante.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia, se formó el oportuno rollo, turnándose el recurso de apelación y señalándose para fallo del recurso el día tres de noviembre de dos mil once.

  4. - Observadas las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia estima en su integridad la demanda interpuesta por Consuelo, en reclamación de los daños habidos en el vehículo de su propiedad, Ford Fiesta matrícula G- ....-GZ, cuando el mismo conducido por su marido, circulaba por la Ctra. CP001, de Guijuelo a Linares de Riofrío, y a la altura del Km. 2,700 de dicha vía, irrumpió un jabalí, colisionando contra él.

Entiende la juzgadora que han resultado en el caso debidamente acreditados los hechos constitutivos de la pretensión; colisión del vehículo contra un jabalí en el lugar dicho, salida del animal por la margen derecha sentido seguido por el vehículo, procedencia del jabalí de los terrenos del Coto de Caza Nº 11.431, acreditación de los daños materiales, y deficiente conservación de los límites del coto en su colindancia con la calzada.

Ante tal pronunciamiento, la representación procesal del demandado, D. Pascual, interpuso recurso de apelación, con la pretensión de que se revoque la sentencia del Juzgado y se desestimen las peticiones de la actora. Alega, en tal sentido, que la resolución de instancia incurre en error de hecho respecto del lugar del siniestro y ubicación del coto de caza del demandado, y que faltan, en el caso, los requisitos de daño y nexo causal.

SEGUNDO

Incide así, el apelante, en su escrito de recurso, en diversos datos que según él, conducen a estimar que no ha quedado demostrada su responsabilidad en la causación del accidente aquí considerado; señala, en suma, que el...

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