SAP Teruel 158/2011, 7 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución158/2011
Fecha07 Diciembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TERUEL

SENTENCIA: 00158/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TERUEL

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚM. 133/2011

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE TERUEL

Juicio Verbal nº 60/2011

S E N T E N C I A Nº 157

En la ciudad de Teruel, a siete de diciembre de dos mil once.

Esta Audiencia Provincial, integrada para este asunto por los Ilmos. Señores Magistrados don Fermín Hernández Gironella, Presidente, doña María Teresa Rivera Blasco, ponente de la presente resolución, y doña María de los Desamparados Cerdá Miralles, ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de junio de 2011 dictada en el procedimiento civil nº 60/2011, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Teruel, Juicio ordinario promovido por SCHINDLER, S.A. contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DESTINADO A VIVIENDAS SITO EN LA CARRETERA000 Núm. NUM000 DE TERUEL, sobre reclamación de cantidad.

Han sido partes en esta alzada, como apelante, Schindler, S.A., representada por la Procuradora doña Ana María Nájara Gutiérrez y dirigida por el Letrado don Javier Cobos Herrero; y como apelada la Comunidad de Propietarios de la CARRETERA000 núm. NUM000 de Teruel, representada por el Procurador don Luis Barona Sanchís y dirigida por el Letrado don Miguel Redón Esteban. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer de la Sala, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El fallo de la sentencia apelada es del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta a instancia de Schindler, S.A. contra Comunidad de Propietarios del edificio destinado a viviendas, sito en la CARRETERA000 núm. NUM000 de Teruel, debo de absolver y absuelvo a la misma de todos y cada uno de los pedimentos de la demanda, debiendo condenar y condenando a la demandante al pago de las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma interpuso recurso de apelación la Procuradora doña Ana María Nájara Gutiérrez en la representación indicada, solicitando una sentencia que, revocando la de instancia, condene a la demandada de acuerdo con el suplico de la demanda, con expresa imposición de las costas de primera instancia y de esta alzada a la misma.

TERCERO

El Procurador don Luis Barona Sanchís, en la representación indicada, se opuso al recurso presentado de contrario y solicitó la confirmación de la resolución impugnada con imposición de las costas de esta alzada al recurrente.

CUARTO

Remitidos los autos a esta Audiencia se ordenó la formación del rollo correspondiente y se designó Ponente quedando en su poder los autos para, tras la deliberación del Tribunal, dictar la presente sentencia.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la petición efectuada por la entidad actora Schindler, S.A. en su escrito de demanda consistente en la condena de la comunidad de propietarios demandada al pago de 11.379,36 #, por resolución unilateral del contrato, en aplicación de la condición cuarta del contrato de mantenimiento de aparatos elevadores suscrito entre los ahora litigantes con entrada en vigor en fecha 1 de octubre de 1.988 que establecía la duración del mismo de diez años prorrogables por periodos de igual duración mientras una de las partes no lo denunciara, cuando menos, con noventa días de antelación a su vencimiento. La parte actora se alza interesando la estimación íntegra de la demanda.

SEGUNDO

La juzgadora de instancia entendió que la cuestión litigiosa se reducía a determinar si la cláusula mencionada podía considerarse abusiva por causar un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor, llegando a la conclusión de que en el supuesto enjuiciado debe ser declarada nula porque el excesivo plazo de duración del contrato y de las prórrogas sucesivas traslada sobre el consumidor el riesgo empresarial sin que existan ventajas para él no solo en orden a la calidad del servicio prestado sino en cuanto a la garantía del mismo.

Para la resolución del presente recurso debe partirse de que la parte demandada aceptó dicha cláusula cuando firmó el contrato en un ámbito en el que no existe monopolio, tras haber...

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