SAP Murcia 540/2011, 22 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución540/2011
Fecha22 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00540/2011

SENTENCIA

NÚM. 540/11

ILMOS. SRS.

D. ANDRES PACHECO GUEVARA PRESIDENTE

Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMON MAGISTRADOS

En la Ciudad de Murcia, a veintidós de noviembre de dos mil once.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio cambiario seguidos con el nº 1047/11 del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Murcia, entre partes, como demandante cambiaria, demandada de oposición y en esta alzada apelada Construcciones Mar Menor, Sociedad Cooperativa, representada por la Procuradora Dña. Verónica Blaya Rueda y dirigida por la Letrada Dña. Virginia Valle Rodríguez y como demandada cambiaria, demandante de oposición y en esta alzada apelante Dña. Rosalia . representada por la Procuradora Dña. Maria Dolores Costa Martínez y dirigida por el Letrado D. José Ramón Sáez Nicolás. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado con fecha 13 de diciembre de 2010 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así "Que desestimando la oposición formulada por la representación procesal de Promociones Peñalver Garceran S.L. contra la demanda instada por Construcciones Mar Menor Sociedad Cooperativa debo acordar y acuerdo seguir adelante el procedimiento, hasta hacer completo pago a la entidad actora de cuanto viene acordado en concepto de principal, intereses, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Se condena a la parte demandada y oponente al abono de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la parte demandante de oposición, dándose traslado a la demandante cambiaria y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 285/11, compareciendo las mismas en la cualidad antes expresada y señalándose para deliberación y votación el día 21 de los corrientes por providencia de 24 de mayo último.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante de oposición ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia invocando la infracción de normas o garantía procesales (artículos 1, 216, 326 y 443.4 LEC ), la existencia de error en la apreciación de la prueba e infracción de normas jurídicas y de la doctrina del Tribunal Supremo, argumentando sobre todo ello e interesando que se desestimen íntegramente las pretensiones deducidas por la demandante cambiaria, a lo que se ha opuesto ésta mediante las correspondientes alegaciones.

La sentencia apelada valora correctamente la prueba documental practicada expresando en su Fundamento de Derecho Primero los hechos que resultan de la misma, en concreto, que la apelante es presidenta del Consejo de Administración de Promociones Peñalver Garcerán S.L., la existencia de relaciones comerciales entre ésta y la demandante cambiaria, cuyo representante legal D. Cirilo recibió el pagaré que sirve de título a la demanda cambiaria, para pago de la factura nº 84, pagaré en que constan dos...

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