SAP Asturias 243/2011, 29 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución243/2011
Fecha29 Septiembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

OVIEDO

SENTENCIA: 00243/2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de OVIEDO

- Domicilio: COMANDANTE CABALLERO, 3

Telf: 985968771/8772/8773

Fax: 985968774

Modelo: 213100

N.I.G.: 33044 43 2 2007 0009121

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000108 /2011

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de OVIEDO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000171 /2010

RECURRENTE: Juan Pablo, Candida, Carmelo

Procurador/a:

Letrado/a:

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 243/11

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. MANUEL VICENTE AVELLO CASIELLES

Magistrados/as

D./DÑA. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA

D./DÑA. ANA ALVAREZ RODRIGUEZ

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En OVIEDO, a veintinueve de Septiembre de dos mil once. Vistas, en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, las diligencias de Juicio Oral nº 171/10, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 2 de Oviedo, (Rollo de Apelación nº 108/11), sobre delito de CONDUCCION BAJO EFECTO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, HOMICIDIO IMPRUDENTE, siendo partes apelantes Juan Pablo, Candida y Carmelo, cuyas demás circunstancias personales constan en las Diligencias, representados en el recurso por el Procurador Sr./Sra. Alvarez García, y por el Sr./Sra. Alonso Ayllón los segundos, bajo la dirección del Letrado Sr./Sra. Regadera Sejas y el Letrado Sr./Sra. Alvarez-Linera Prado los segundos, siendo apelados, Candida y Carmelo, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. ANA ALVAREZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Oviedo se dictó sentencia en las referidas diligencias de fecha 4 de abril de 2011, cuya parte dispositiva dice:

FALLO:

"Que debo condenar y condeno Juan Pablo como autor responsable de un DELITO DE CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS y un DELITO DE HOMICIO CAUSADO POR IMPRUDENCIA ya definidos, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de dilaciones indebidas, a las penas de DOS AÑOS Y TRES MESES DE PRISION CON INHABILITACION ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE CONDENA Y PRIVACION DEL DERECHO A CONDUCIR VEHICULOS DE MOTOR Y CICLOMOTORES POR TIEMPO DE TRES AÑOS Y SEIS MESES y al abono de las costas causadas incluidas las de la Acusación Particular. Se absuelve al acusado del delito de conducción temeraria por estar dicho delito absorbido en el delito de homicidio imprudente".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por la representación del condenado y de la acusación particular recurso de apelación, del que se dio traslado al Ministerio Fiscal y remitido el asunto a esta Audiencia y repartido a esta Sección Tercera, se registró con el Rollo de Apelación nº 108/11, pasando para resolver al Ponente que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada y, con ellos, la declaración de Hechos Probados que se da por reproducida en esta alzada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada por el juzgado de lo penal nº 2 de Oviedo en autos de juicio oral nº 171/10, de los que trae causa el presente rollo, es impugnando por ambas partes quienes en encontradas posiciones mantienen posturas diferentes respecto a las consecuencias penológicas postulando un incremento o disminución de las fijadas en la sentencia acudiendo para ello a distintas consideraciones bajo la rúbrica genérica de infracción de precepto legal.

En tal sentido la representación de la acusación particular ejercitada por los padres de la víctima, Candida Y Carmelo, impugnan la absolución que se contiene en la sentencia de referencia, por el delito de conducción temeraria del Art. 381 del Cº penal, en su redacción anterior a la actualmente vigente, al considerar que a su juicio la conducta desarrollada por el condenado integra el tipo descrito en dicho precepto penal para a partir de ahí y a través del concurso ideal de delitos...

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