SAP Murcia 230/2011, 27 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución230/2011
Fecha27 Septiembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00230/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION QUINTA (CARTAGENA)

ROLLO DE APELACION Nº 267/11

JUICIO VERBAL Nº 928/10

JUZGADO DE 1ª. INSTANCIA Nº 3 DE CARTAGENA

SENTENCIA NUM. 230/11

En Cartagena, a 27 de septiembre de 2011.

  1. Miguel Ángel Larrosa Amante, Magistrado de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 928/10 -Rollo nº 267/11 -, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cartagena, entre las partes: como actor Contenedores Astesa SL y como demandado Fribover SL, representado por el/la Procurador/a D. Luis F. Fernández de Simón Bermejo y dirigido por el Letrado Dª Alicia Baeza Espinosa. En esta alzada actúan como apelante Fribover SL, representado ante este Tribunal por el/la Procurador/a D. Luis

  2. Fernández de Simón Bermejo y como apelado Contenedores Astesa SL.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el nº 928/10, se dictó sentencia con fecha 30 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que estimando la demanda interpuesta por Contenedores Astesa SL contra Fribover SL debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la actora la cantidad de seiscientos veinticuatro euros con sesenta y siete céntimos (624,67 #), más los intereses correspondientes así como las costas del presente procedimiento".

Segundo

Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por Fribover SL que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a Contenedores Astesa SL emplazándolas por diez días para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término, presentaron escrito de oposición al recurso. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el nº 267/11, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista.

Tercero

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se interpone recurso de apelación por la parte demandada contra la sentencia por la que se le condena al pago de la cantidad reclamada en la demanda. Considera la apelante que ha existido error en la valoración de la prueba, pues de lo reclamado sólo debe una factura por importe de 85,60 #, sin que se haya acreditado por la actora, a quien correspondía conforme a las reglas de la carga de la prueba, la entrega de los contenedores a los que se refieren las facturas, al no aportarse ni los albaranes ni se ha practicado prueba testifical para acreditar dicha entrega, por lo que las facturas no dejan de ser nada más que documentos unilaterales de una de las partes sin eficacia probatoria con respecto a terceros como la demandada y apelante. Solicita por ello la revocación de la sentencia y la absolución de la apelante.

Por la parte apelada se opone al recurso y solicita la confirmación íntegra de la sentencia al no existir ningún tipo de error en la valoración de la prueba. Para ello hay que partir que el único argumento dado en la oposición a la demanda fue el pago de las facturas reclamadas a través de un cheque, lo que implica que la carga de la prueba de este hecho corresponde a la parte demandada, sin que se haya probado que dicho cheque se imputase a la presente deuda, habiendo introducido de forma novedosa en esta alzada la...

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