SAP Murcia 432/2011, 22 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución432/2011
Fecha22 Septiembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00432/2011

Rollo nº 680/10

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintidós de septiembre de dos mil once.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Incidente Concursal sobre reconocimiento de crédito procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 106/2008, -rollo nº 680/2010-, entre las partes, actora Ecuni Urbacesa S.L., con domicilio social en Alicante, calle Los Monegros A 7, B J. -1-2, con C.I.F. nº B-54152574, representada por el Procurador Sr. Conesa Fontes y dirigida por el Letrado Sr. López Bassets; y demandada, Coremur, S.L., con domicilio social en Jumilla (Murcia), Polígono Industrial Los Romerales, Parcela 2º B, con C.I.F. nº B-30467468, representada por la Procuradora Sra. Galindo Marín y dirigida por el Letrado Sr. Muñoz Perea, y Administración Concursal de Coremur S.L.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Ecuni Urbacesa S.L. contra la sentencia de 13 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por el Procurador D. Alvaro Conesa Fontes en nombre y representación de ECUNI URBACESA, S.L. contra la concursada COREMUR, S.L. declaro que debe serle reconocido a la actora un crédito por importe de ciento cuarenta y cuatro mil quinientos treinta y siete euros y cuarenta y ocho céntimos de euro (144.537'48 #) con la calificación de crédito contra la masa; todo ello sin hacer expresa imposición de costas".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Ecuni Urbacesa, S.L., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 680/2010, y se señaló el 8 de septiembre de 2011 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia. Cuarto.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La mercantil Ecuni Urbacesa S.L. interpuso demanda de incidente concursal para reconocimiento de crédito contra la masa, frente a la Administración Concursal de Coremur S.L. y frente al deudor concursado Coremur, S.L., solicitando que se dictara sentencia reconociendo a la actora un crédito de 403.769,51 euros.

El Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia estimando parcialmente la demanda y declarando que debía serle reconocido a Ecuni Urbacesa S.L. un crédito por importe de 144.537,48 euros, con la calificación de crédito contra la masa.

Consideró el Juzgado que la relación entre Ecuni Urbacesa, S.L., y Coremur, S.L., era un contrato de...

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