SAP Madrid 424/2011, 2 de Septiembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 424/2011 |
Fecha | 02 Septiembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9
MADRID
SENTENCIA: 00424/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección Novena
SENTENCIA NÚMERO: 424/2011
RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE APELACION 328 /2011
MAGISTRADO QUE LA DICTA : JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS
En Madrid, a dos de septiembre de dos mil once.
VISTO en grado de apelación por el Ilmo. Sr. D JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS Magistrado de esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de JUICIO VERBAL 1233/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 77 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo 328/2011, en los que aparece como partes; de una como demandante y hoy apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM000 DE MADRID, representado por el Procurador Sr. D. JESUS AGUILAR ESPAÑA; y, de otra como demandada y hoy apelante D. Celsa, cuya tutora es Dª Noelia representada por el Procurador Sr. D. JOSE MANUEL VILLASANTE GARCIA, sobre reclamación de cuotas ordinarias de comunidad y derrama extraordinaria.
Se acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 77 de Madrid, en fecha 28 de septiembre de 2010, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Fallo : Que estimando como estimo la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios de la finca nº NUM000 de la CALLE000 de Madrid, representado por el procurador D. Jesús Aguilar España, contra DA. Celsa, representada por su tutora DA Noelia, debo de condenar y condeno a la citada demandada a pagar a la actora la cantidad de dos mil ochocientos tres euros con cuarenta céntimos (2.803,40 Euros), más intereses legales y costas causadas en esta instancia.".
Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, quedaron las actuaciones sobre la mesa del Magistrado para resolver el referido recurso cuando por su turno correspondiera.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba