SAP Madrid 364/2011, 6 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 364/2011 |
Fecha | 06 Julio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00364/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91-4933835/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10
N.I.G. 28000 1 7008296 /2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 513 /2010
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 249 /2009
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de ARANJUEZ
De: RIBERTIERRA, S.L.
Procurador: GERARDO TEJEDOR VILAR
Contra: Luis Pedro
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a seis de julio de dos mil once. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta
por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Aranjuez, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado D. Luis Pedro, representado en Primera Instancia por la Procuradora Dª Montserrat Ruiz Jiménez, ante esta Sala no consta, y asistido del Letrado D. Pablo Figueruelo López, y de otra, como demandado-apelante RIBERTIERRA S.L., representado por el Procurador D. Gerardo Tejedor Vilar y asistido del Letrado D. José Vicente Galera Ortiz.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3, de los de Aranjuez, en fecha veintiséis de marzo
de dos mil diez, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: SE ESTIMA INTEGRAMENTE la demanda formulada por la representación procesal de D. Luis Pedro, contra Ribertierra, S.L., declarando la resolución del contrato de compraventa celebrado entre las partes en fecha 28 de marzo de 2.008, por el incumplimiento contractual de la demandada, condenando a le entidad Ribertierra, S.L. a que abone al actor D. Luis Pedro la cantidad de 18.000 euros, a cambio de la entrega a la demandada, por parte del Sr. Luis Pedro, del vehículo objeto del contrato de compraventa Peugeot 607 matrícula ....YFF y con
número de bastidor NUM000, condenando a la demandada al pago de los intereses legales correspondientes al importe de 18.000 euros y de las costas procesales derivadas del presente procedimiento.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha cuatro de agosto de 2010, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veintinueve de junio de dos mil once .
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que
siguen.
Por el procurador don Ángel Luís Lozano Nuño, representando a la mercantil RIBERTIERRA S.L., se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 26 de marzo de 2010 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Aranjuez, que estimó la demanda presentada por don Luis Pedro contra aquella, frente a la que interesaba que se declarase el incumplimiento contractual de la misma; que se declarase la resolución del contrato de compraventa obligando a la demandada a la devolución de los 18.000 # satisfechos como precio del vehículo objeto del contrato de compraventa, a cambio de la entrega a la demandada del vehículo Peugeot 607, matrícula ....YFF, y con número de bastidor NUM000
, basando su pretensión en el anormal funcionamiento del vehículo, con ruidos y emisiones, que permitió al demandante descubrir la alteración del cuentakilómetros de forma que, cifrando su kilometraje en 159.821 km en el momento de su entrega (1 de abril de 2008), con fecha 26 de abril de 2006 ya contaba con 240.830 km. Alega la parte...
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