SAP Barcelona 549/2011, 21 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 549/2011 |
Fecha | 21 Julio 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN SÉPTIMA
ROLLO 113/2011-F
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 463/2007
JUZGADO DE LO PENAL 1 DE GRANOLLERS
SENTENCIA
Ilmos. Sres.
D. LUIS FERNANDO MARTÍNEZ ZAPATER
D. DANIEL DE ALFONSO LASO
D. GREGORIO MARÍA CALLEJO HERNANZ
En la ciudad de Barcelona, a 21 de julio de 2011.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación 113/11-F, dimanante del Procedimiento Abreviado 463/07, procedente del Juzgado de lo Penal 1 de Granollers, seguido por un delito de falso testimonio contra Estela y otros; los cuales penden ante esta Audiencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Entrena Llorens, en representación de Casimiro, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de diciembre de 2010, y que fue aclarada por auto de fecha 18 de enero de 2011, ambos del Ilmo. Sr. Magistrado Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Absuelvo a Estela, Fructuoso, Penélope, Adelaida y Melchor del delito de falso testimonio del que venían siendo acusados con todos los pronunciamientos favorables. Condeno a todas las costas causadas en el presente procedimiento a la acusación particular ejercida por Casimiro ".
Admitido el recurso, se dio traslado del mismo al Fiscal y resto de partes y, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las mismas, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, donde se recibieron el pasado 14 de julio de 2010, y siguieron los trámites legales, procediéndose a su deliberación y resolución, siendo designado Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS FERNANDO MARTÍNEZ ZAPATER, que expresa el parecer del Tribunal.
Se aceptan los hechos probados consignados en la sentencia apelada.
El único motivo de impugnación de la sentencia absolutoria dictada se dirige frente a la condena en costas que la misma impone a la parte apelante que ejerció la acusación particular y sostuvo la acusación en el acto del juicio oral. Considera la parte apelante que la consideración realizada en la sentencia en cuanto a la temeridad y mala fe de la parte querellante no puede sostenerse a la vista de que en las actuaciones se realizaron múltiples actuaciones y se dictaron distintas...
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