SAP A Coruña 394/2011, 11 de Julio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 394/2011 |
Fecha | 11 Julio 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00394/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA
Domicilio: RÚA CAPITAN JUAN VARELA, S/N
Telf: 981.182067-066
Fax: 981.182065
Modelo: 213100
N.I.G.: 15030 37 2 2011 0001473
ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000148 /2011
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de FERROL
Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000287 /2010
RECURRENTE: Onesimo
Procurador/a: COVADONGA GONZÁLEZ-IRÚN RODRÍGUEZ
Letrado/a: VISITACIÓN VÁZQUEZ
RECURRIDO/A: Leonor, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Letrado/a:
SENTENCIA
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LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA, CONSTITUIDA POR LOS ILMOS. SRES. D.
ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO-PRESIDENTE, D. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ JIMÉNEZ Y D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS- Magistrados
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En A CORUÑA, a 11 de julio de 2011.
VISTO, por la Sección 001 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Sra. GONZÁLEZ-IRÚN RODRÍGUEZ, bajo la dirección Letrada de la Sra. Visitación Vázquez, en representación de Onesimo, contra Sentencia dictada en el procedimiento JR 0000287/2010 del JDO. DE LO PENAL nº 002; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelados Leonor, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente el Ilmo/a. Sr./a. D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO.
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha 22-12-2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que debo condenar y condeno al acusado Onesimo, arriba circunstanciado, en concepto de autor penalmente responsable de un delito de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SIETE MESES DE PRISION y accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y de una FALTA DE INJURIAS a la pena de OCHO DIAS DE LOCALIZACIÓN PERMANENTE; con imposición de las costas procesales".
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentó escrito de impugnación en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, quedaron las mismas pendientes de votación y fallo.
Es sabido que en la valoración de la prueba directa cabe distinguir un primer nivel subordinado de forma inmediata a la percepción sensorial, consiguientemente condicionado a la inmediación y, por ello, conceptualmente ajeno al control en vía de recurso por un tribunal que no presenció su práctica, y un segundo nivel, ocasionalmente necesario, en que la opción por una y otra versión de los hechos no depende ni se fundamenta totalmente en...
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