SAP Barcelona 390/2011, 23 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 390/2011 |
Fecha | 23 Junio 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº. 335/2010-A
JUICIO ORDINARIO NÚM. 1528/2008
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 GRANOLLERS (ANT.CI-6)
S E N T E N C I A Nº 390/2011
Ilmos. Sres.
DON AGUSTIN FERRER BARRIENDOS
DON JORDI SEGUÍ PUNTAS
DON JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a veintitres de junio de dos mil once.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 1528/2008 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granollers (ant.CI-6), a instancia de Leovigildo, representado en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales Doña Elisabeth Hernández Vilagrasa, contra Vanesa, representada en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales Doña Rosario Sáez Buil, y la reconvención formulada por la demandada contra el demandanate; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada en los mismos el día veintiuno de enero de dos mil diez por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Leovigildo frente a Vanesa condeno a esta última a que haga pago al actor de la cantidad de 532,26 euros. Que desestimando íntegramente la demanda reconvencional presentada por Vanesa contra Leovigildo debo absolver y absuelvo a estos últimos de cuantas pretensiones se han deducido en su contra con abono por parte de Vanesa de las costas de la demanda reconvencional.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por el demandante Leovigildo mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente señalándose para votación y fallo el día 26 de mayo de 2011.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTIN FERRER BARRIENDOS.
Reclama el demandante la cantidad de 4.894,28 euros como resto del importe de unos trabajos de pintura realizados para la demandada en su domicilio. Esta reconviene en reclamación de 3.328,72 euros en concepto de defectos y daños.
El Juzgado de Primera Instancia estima parcialmente la demanda por 532 euros y desestima la reconvención. Contra dicha resolución recurre exclusivamente la parte demandante reiterando en esta alzada su pretensión inicial, más intereses.
Revisadas las actuaciones practicadas, coincidimos enteramente con la Sra. Magistrada de Primera Instancia en la escasez de prueba en los presentes autos. En efecto, No se discute que el demandante hizo determinados trabajos de pintura en la casa de la...
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