SAP Cuenca 128/2011, 30 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución128/2011
Fecha30 Junio 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00128/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

CUENCA

Apelación Civil Rollo nº 221/2010

Juicio Ordinario nº 418/2008

Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Clemente

SENTENCIA num.128/2011

Ilmos. Sres.:

Presidente Acctal:

Sr. Martínez Mediavilla

Magistrados:

Sr. Ernesto Casado Delgado (Ponente)

Sra. Vicente de Gregorio:

En Cuenca, a treinta de junio de dos mil once.

Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación, los autos de Juicio Ordinario nº 418/2008 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de San Clemente y su Partido, seguidos a instancia de LICO LEASING, S.A E.F.C, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Sánchez Chacón y asistida por el Letrado Sr. García Rosello, contra la mercantil INTERIOR#S BAÑOS, S.L., D. Rubén y Dª. Natalia, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Jareño Ruiz y asistidos por el Letrado Sr. Bascuñan Añover; D. Juan Luis y D. Bartolomé, defendidos por el MINISTERIO FISCAL

, en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de INTERIOR#S BAÑOS, S.L.,

D. Rubén y Dª. Natalia contra las sentencia dictada en la instancia de fecha tres de marzo de dos mil diez ; habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Don Ernesto Casado Delgado, quién expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los autos indicados al margen por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Clemente se dictó sentencia de fecha de tres de marzo de dos mil diez cuyo Fallo era del siguiente tenor literal: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Sánchez Chacón, en nombre y representación de la entidad mercantil "Lico Leassing S.A.F.C" en reclamación de cantidad y declaración de nulidad por simulación absoluta de negocio jurídico contra los codemandados "Interior#s Baños, S.L", D. Rubén, Dª. Natalia, D. Juan Luis y D. Bartolomé, debo condenar y condeno a éstos a que abonen a la parte actora la cantidad de 47.691,2 euros, más los intereses legales correspondientes y debo declarar y declaro la nulidad por simulación de la escritura de donación de la finca registral NUM000 del Registro de la Propiedad de Belmonte, otorgada en fecha 26 de agosto de 2008, a fin de restituir la propiedad de la misma al matrimonio de D. Rubén y Dª. Natalia, procediéndose a la cancelación de las inscripciones registrales que se opongan a dicho pronunciamiento, librándose a tal efecto mandamiento al Sr. Registrador de la Propiedad de Blelmonte a fin de que se inscriba el 100 % de la propiedad de dicha finca a favor de los anteriormente mencionado, con expresa condena en costas".

Segundo

Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de "Interior#s Baños, S.L", D. Rubén, Dª. Natalia se preparó e interpuso contra la misma recurso de apelación, que admitido a trámite y dado el correspondiente traslado del escrito de interposición del recurso a la contraparte, por la representación procesal de la parte actora se presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación interpuesto de contrario.

Tercero

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, asignándole el número 221/2010, turnándose ponencia a la Magistrado Ilmo Sr. Don Ernesto Casado Delgado y por auto de fecha nueve de julio de dos mil diez se acordó haber lugar a tener por incorporado la documentación adjuntada al recurso de apelación y, firme la anterior resolución, se señaló para el cinco de abril del año en curso para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo el día 9 de noviembre de 2010.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia que se revisa en estos trámites.

Primero

Discrepa el apelante de la sentencia pronunciada en la instancia alegando los siguientes motivos de discrepancia con el pronunciamiento judicial; a saber:

- interesa, con carácter principal, la nulidad de las actuaciones retrotrayendo las mismas al momento anterior al de la celebración de la audiencia previa dado que los dos codemandados Juan Luis y Bartolomé, hijos de los recurrentes, han sufrido absoluta indefensión al no haber intervenido el Ministerio Fiscal en su defensa tal y como se acordó judicialmente,

- subsidiariamente, la nulidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR