SAP Barcelona 417/2011, 16 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución417/2011
Fecha16 Mayo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ROLLO APELACION Nº 159/2010

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 96/2009

JUZGADO PENAL Nº 7 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados :

D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

Dª. Mª MAGDALENA JIMÉNEZ JIMÉNEZ

Dª. Mª PILAR PÉREZ DE RUEDA

En Barcelona a 16 de mayo del año 2011.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en grado de apelación, el presente Rollo dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 7 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 96/2009, por un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones contra Cesar, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Susana Bravo Sánchez y defendido por la Letrada Dña. Adriana Leal Soriano, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública. Estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por la representación del citado acusado contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 28-10-2009, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. EDUARDO NAVARRO BLASCO, quien expresa el parecer unánime de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"FALLO:...DECIDO: 1. Condenar a Cesar como autor penalmente responsable de un delito de abandono de familia previsto y penado en el art. 227.1 y 3 del CP, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 10 MESES DE MULTA con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 CP en caso de impago o insolvencia. En concepto de responsabilidad civil indemnizará a Azucena en la cantidad de 8.892 euros más los intereses legales. 2. Condenar al acusado al pago de las costas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por la representación del acusado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes y siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

El Ministerio Fiscal ha presentado escrito oponiéndose al recurso. TERCERO .- En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto.

H E C H O S P R O B A D O S

SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, cuyo texto se tiene aquí por reproducido.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S
PRIMERO

SE ACEPTAN y dan por reproducidos los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

SEGUNDO

El recurso que interpone la representación del condenado se fundamenta formalmente en dos motivos: el pretendido error del Juzgador "a quo" en la valoración de la prueba, entendiendo que la practicada no es suficiente como para la condena. Y, en relación con el propio resultado de la prueba, la vulneración del principio "in dubio pro reo" respecto de la concurrencia del elemento subjetivo del tipo.

TERCERO

En relación al primero de los motivos debe recordarse que es doctrina consolidada que el Juez de instancia que presidió la práctica de la prueba, contando con ello con la fuerza ilustrativa y aleccionadora que la inmediación proporciona, llegó en su valoración a la conclusión que se refleja en los hechos probados de la sentencia recurrida. Tal conclusión fáctica, en cuanto dimana de la apreciación de la prueba personal, ha de ser respetada por este órgano jurisdiccional de apelación que carece de la inmediación que le permita formar su convicción en conciencia sobre tal extremo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

El Tribunal Supremo viene manteniendo esta doctrina, con argumentos igualmente válidos para el recurso de apelación y así en sentencia de 30-1-91 afirma que "decidir con plenitud de garantías cual de entre las declaraciones ofrece mayor credibilidad, es tarea exclusiva y excluyente del Juzgador de Instancia con arreglo al art 741 de la L.E. Cr . Todo ello consecuencia de la decisiva importancia del principio de inmediación".

En este caso, el Juez de lo Penal ha escuchado las explicaciones del acusado y de los testigos, junto con la documental aportada, y ha valorado todo este...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • SAP Barcelona 146/2012, 23 de Febrero de 2012
    • España
    • 23 Febrero 2012
    ...que l'al·lega. Aquestes dues posicions estan recollides en nombroses resolucions de les Audiències, entre les quals les SSAP Barcelona núm. 417/2011, de 16 de maig, de la Secció sisena, i núm. 571/2011, de 10 de juny, de la Secció desena, sentències que admeten, tot i discrepar, que " la ju......
  • SAP Barcelona 491/2011, 7 de Septiembre de 2011
    • España
    • 7 Septiembre 2011
    ...que l'al·lega. Aquestes dues posicions estan recollides en nombroses resolucions de les Audiències, entre les quals les SSAP Barcelona núm. 417/2011, de 16 de maig, de la Secció sisena, i núm. 571/2011, de 10 de juny, de la Secció desena, sentències que admeten, tot i discrepar, que " la ju......
  • SAP Barcelona 532/2012, 24 de Octubre de 2012
    • España
    • 24 Octubre 2012
    ...que l'al·lega. Aquestes dues posicions estan recollides en nombroses resolucions de les Audiències, entre les quals les SSAP Barcelona núm. 417/2011, de 16 de maig, de la Secció sisena, i núm. 571/2011, de 10 de juny, de la Secció desena, sentències que admeten, tot i discrepar, que " la ju......
  • SAP Lleida 10/2012, 18 de Enero de 2012
    • España
    • 18 Enero 2012
    ...de tal condición y sus consecuencias en cuanto a quien corresponde la carga de la prueba. Al respecto - y como recoge la SAP de Barcelona de 16 de mayo de 2011 - es posible diferenciar dos posiciones: "a) por un lado, aquellos autores que, partiendo de la consideración de la capacidad de ac......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR