SAP Valencia 199/2011, 17 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución199/2011
Fecha17 Mayo 2011

ROLLO núm. 222/11 - K - SENTENCIA número 199/11

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION NOVENA

Ilmos. Sres.:

Dª Rosa Mª Andrés Cuenca

D. Gonzalo Caruana Font de Mora

Dª Purificación Martorell Zulueta

En la ciudad de Valencia, a 17 de mayo de 2011.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Rosa Mª Andrés Cuenca, el presente Rollo de Apelación número 222/11, dimanante de los Autos de Juicio Ordinario 105/09, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Gandía (ant. Mixto 2), entre partes; de una, como demandante apelante, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, SA, representado por el procurador Manuel Cerveró Martí, y asistido por el letrado Ernesto Pérez Broseta, y de otra, como demandados apelados, Rodolfo y Ruth .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada, pronunciada por el señor Juez de Primera Instancia número 2 de Gandía (ant. Mixto 2), en fecha 20 de mayo de 2010, contiene el siguiente FALLO: "1.- Desestimar la demanda presentada per BBVA SA contra els senyors Rodolfo i Ruth .

  1. - Condemnar BBVA SA a pagar les costes processals."

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, remitiéndose los autos a esta Audiencia, tramitándose la alzada, con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia de Gandía 2, antes mixto 2 de dicha población, dictó sentencia, con fecha 20 de mayo de 2010 que desestimaba la demanda planteada por BBVA SA contra Rodolfo Y Ruth en reclamación de 4.677'45 Euros por cuanto no se había aportado el contrato con la demanda, no habiendo comparecido los demandados, debidamente emplazados, en las actuaciones.

Frente a dicha resolución recurrió en apelación la parte actora, alegando, en primer lugar, que no se habían aportado simples copias de documentos, sino testimonio de los presentados en un previo procedimiento monitorio, en reclamación de la misma cantidad, que fue archivado al no haberse podido requerir a los demandados, y en que se hallan los documentos originales, incidiendo especialmente en la falta de contestación u oposición por los demandados, con invocación del artículo 405, 409, 412 LEC, y refiriéndose, en definitiva, a que la sentencia no niega la existencia del préstamo, sino su falta de aportación, sin que los...

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