SAP Toledo 149/2011, 11 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución149/2011
Fecha11 Mayo 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

TOLEDO 00149/2011

Rollo Núm. ............... 89/2.011.-Juzg. 1ª Inst. Núm. 1 de Ocaña.-J. Cambiario Núm. ...... 330/09.- SENTENCIA NÚM. 149

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE

En la Ciudad de Toledo, a once de Mayo de dos mil once.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 89 de 2.011, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 1 de Ocaña, en el juicio cambiario núm. 330/09, sobre reclamación de cantidad, en el que han actuado, como apelante PROYEPES S. L., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Muñoz-Perea Piñar y defendido por el Letrado Sr. López Mena; y como apelado KONE ELEVADORES S. A., representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Graña Poyan y defendido por el Letrado Sr. Martínez Monedero.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. URBANO SUAREZ SANCHEZ, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 1 de Ocaña, con fecha 22 de Junio de 2.010, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda de oposición cambiaria interpuesta por PROYEPES S. L. frente a KONE ELEVADORES S. A., debiendo continuar el presente procedimiento de juicio cambiario por sus trámites ordinarios, por la cantidad de cuatro mil seiscientos setenta y tres euros y setenta y seis céntimos, haciendo expresa imposición de las costas procesales devengadas con ocasión del presente incidente de oposición a la demandante de oposición cambiaria.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y por PROYEPES S. L., dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La defensa de Proyepes S.L. interpone recurso de apelación contra la sentencia que en fecha veintidós de junio dictó el Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Ocaña por la que se desestimaba su oposición a la ejecución despachada.

Antes de entrar en el examen de los motivos de recurso y a la vista del contenido del mismo es oportuno determinar cual ha de ser el objeto de esta alzada y ello porque si se ha producido una mutación en cuanto a los argumentos utilizados para la defensa de su pretensión de que se deje sin efecto la ejecución estaríamos ante un supuesto de invocación de cuestiones nuevas que ha de ser rechazada de plano.

En su escrito de oposición, como bien indicó la parte apelada en su contestación, la razón que se argüía para fundar la oposición era un supuesto de fuerza mayor que impedía a la recurrente la realización de las obras, y que devenía del hecho de que iniciadas las mismas no logró financiación.

Por el contrario en el recurso se señala que, de acuerdo con el contrato, solo podía la parte ejecutante solicitar el pago de aquellos daños y perjuicios que se le hubieran ocasionado, que no se realizó por parte de Kome ninguna instalación de ascensores sin que tampoco se procediera a la resolución del contrato.

Como se puede...

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