SAP Murcia 202/2011, 13 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución202/2011
Fecha13 Abril 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00202/2011

SENTENCIA

NÚM. 202/11

ILMOS. SRS.

D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ

PRESIDENTE

Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMON

MAGISTRADOS

En la Ciudad de Murcia, a trece de abril de dos mil once.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio verbal que se han seguido con el nº 1402/09 en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Molina de Segura entre partes, como demandantes y en esta alzada apelantes Dña. Cristina y D. Héctor y D. Indalecio representados por el Procurador D. José María Sarabia Bermejo y dirigidos por el Letrado D. Antonio Hidalgo Zambudio, que se han personado ante esta Audiencia Provincial representados por el Procurador D. Antonio de Vicente Villena, y como demandado y en esta alzada apelante D. Leovigildo, representado por el Procurador D. Angel Cantero Meseguer y dirigido por el Letrado D. José M. Peñaranda García. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado con fecha 5 de abril de 2010 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Sarabia en nombre y representación de Dña. Cristina,

D. Héctor y D. Indalecio, debo absolver y absuelvo al demandado, Sr. Leovigildo, de los pedimentos efectuados en su contra.

Las costas causadas en la presente instancia se impondrán a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación la parte demandante, dándose traslado a la demandada y previo emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 476/10, compareciendo las mismas en la cualidad antes expresada, dictándose auto el día 6 de octubre de 2010 inadmitiendo los documentos aportados por la parte apelada y señalándose para deliberación y votación el día 11 de los corrientes por providencia de 10 de noviembre último.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandante ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia invocando la existencia de error en la apreciación de la prueba así como en la fundamentación jurídica de la misma, alegando, en síntesis, que no puede concluirse que los demandantes se sirvan del camino durante más de veinte años por mera tolerancia del demandado o de modo circunstancial, reiterando que el camino en gran parte ocupa terreno de los demandantes, así como la regadera que daba riego a su propiedad, y está configurado justo "en medio" de ambas propiedades con valla similar divisoria, refiriéndose a lo manifestado por los testigos de la parte actora, a lo manifestado por la demandante en el interrogatorio que le fue formulado, y al resultado de la prueba documental, sosteniendo que la demandada nada opuso a la verdadera acción ejercitada y que no puede catalogarse el paso por el camino de uso tolerado, siendo el éste el único acceso a la finca de los demandantes, aludiendo a que en todo caso se estaría ante un supuesto de dudas de hecho, que conduciría a que no se le impusiesen las costas de...

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