SAP Granada 155/2011, 22 de Marzo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución155/2011
Fecha22 Marzo 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

(Sección 1ª)

GRANADA

ROLLO DE APELACIÓN NUM 385 de 2.010

DILIGENCIAS URGENTES Nº 8/10 de Instrucción nº 4 de Motril

JUZGADO DE LO PENAL NUM 1 de Motril

La sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

-SENTENCIA Nº 155- ILTMOS. SRES:

D. CARLOS RODRÍGUEZ VALVERDE

D. JESÚS FLORES DOMINGUEZ

Dª. ROSA MARIA GINEL PRETEL

En la ciudad de Granada a 22 de Marzo de dos mil once.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial, sin necesidad de celebración de vista, las diligencias urgentes de procedimiento Abreviado nº 8/10, instruido por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Motril, y fallado por el juzgado de lo Penal nº 1 de Motril, Juicio Rápido nº 8/10, por un delito de resistencia a los agentes de la autoridad, siendo parte, como apelante Jesús Manuel representado por el Procurador Sr. Lupión Estévez y defendido por la Letrada Sra. Nadal Cabrera y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSA MARIA GINEL PRETEL, que expresa el parecer de la Sala.

-ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por el Sr. Juez del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Motril se dictó sentencia con fecha 6 de Septiembre de 2.010, en la cual se declaran probados los siguientes hechos: "Que sobre las 03.30 horas del día 4 de enero del 2010, el acusado Jesús Manuel, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de la presente causa, entró en el Pub "el Coyote" de Motril sito en la C/ Santísimo de dicha localidad, donde tras pedir una consumición, inició un altercado con otros clientes del establecimiento, provocando que uno de estos clientes tuviera que llamar a la policía nacional.- Personados dos agentes en el local, uno de ellos se quedó en el interior entrevistándose con los clientes, mientras que al agente con numero de identificación NUM000 abandonó el local junto con el acusado, sacándolo a la calle para intentar tranquilizarlo. Dicho policía nacional solicitó la documentación al acusado, negándose este en primera instancia a dársela lo que provocó que, tras más de diez minutos intentando convencer al acusado, el agente intentara cogerle la cartera que aquel llevaba en la mano, respondiendo en este momento el acusado cogiendo del pecho al agente para zafarse. Como quiera que el agente observó que el acusado estaba en un estado de nerviosismo y dado que lo había llegado a coger del pecho, intentó meter en el coche policial al acusado, a lo cual este inicialmente se negó, provocando que el agente tuviera que cogerlo del brazo e introducirlo en el interior del vehículo. Como consecuencia de todo lo anterior, el agente no sufrió lesión de ningún tipo. Al momento de suceder los hechos el acusado se encontraba con sus facultades mentales gravemente afectadas, si bien no totalmente anuladas, debido a un excesivo consumo de alcohol, ingerido a lo largo de toda la noche y con anterioridad a acudir al bar "el Coyote".- SEGUNDO .- La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Jesús Manuel como autor responsable de un delito de RESISTENCIA del art. 556 del C. Penal, concurriendo la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal atenuante muy cualificada de intoxicación no plena, a la pena de TRES MESES DE PRISION, con la accesoria legal de INHABILITACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, así como al abono de las costas procesales.- QUE DEBO ABSOLVER COMO ABSUELTO a Jesús Manuel de la falta de AMENAZAS del art. 620.2º del C. Penal de que venía siendo acusado.- Abónese para el cumplimento de la pena impuesta al condenado el tiempo que estuvo privado de libertad por el presente procedimiento, (un día).-Remítase Nota de Condena al Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia y testimonio de la condena al Juzgado instructor, para la practica de las anotaciones oportunas".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Jesús Manuel basándose en error en la valoración de la prueba e infracción de...

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