SAP Asturias 80/2011, 28 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución80/2011
Fecha28 Febrero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00080/2011

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 56/2011

NÚMERO 80

En OVIEDO, a veintiocho de Febrero de dos mil once, la Ilma. Sra. Dª. Nuria Zamora Pérez, Magistrada de la Sección Cuarta

de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, actuando como órgano unipersonal designado para el conocimiento del presente recurso, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 56/2011, en autos de JUICIO VERBAL Nº 325/2010, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Siero, promovido por DRAGADOS, S.A. Y ELECTRONIC TRAFIC, S.A. (U.T.E.), demandada en primera instancia, contra EXCAVACIONES CABRALES, S.L., demandante en primera instancia.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de Siero se dictó Sentencia con fecha veintitrés de Septiembre de dos mil diez, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por EXCAVACIONES CABRALES S.L. frente a DRAGADOS S.A. Y ELECTRONIC TRAFIC S.A. UTE y en su virtud condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.856,35 más los intereses legales desde el 26 de octubre de 2009 y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución.- Se imponen a la demandada las costas causadas en este procedimiento.".- SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, y constituido el Tribunal con un solo Magistrado, se señaló para la decisión del presente recurso el día quince de Febrero de dos mil once.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia estima íntegramente la demanda presentada por Excavaciones Cabrales SL, condenando a las Demandadas Dragados SA y Electronic Tráfic SA, UTE, como empresas concesionarias del mantenimiento de a A-64, de Grases (A-8) a Oviedo Norte (A-66), a indemnizarle en la suma de mil ochocientos cincuenta y seis euros con treinta y cinco céntimos de euro (1.856'35#), e intereses legales desde el 26 de octubre de 2.009. Importe a que asciende la reparación de los daños sufridos el 26 de octubre de 2.009, por el vehículo propiedad de la entidad demandante, Opel Combo, matrícula O- 0893-BP, al atropellar su conductor a un jabalí que irrumpió bruscamente en la calzada.

SEGUNDO

Recurrida la sentencia por la entidad demandada la apelación se centra en errónea valoración de la prueba practicada, argumentando el cumplimiento de cuantas obligaciones cabe exigirle como empresa concesionaria de la autovía.

Así centrados los términos del debate, hemos de tener en cuenta, en primer lugar, que los criterios de responsabilidad cuasi objetiva que nuestra jurisprudencia venía manteniendo en casos análogos al enjuiciado, bien se haga repercutir esa responsabilidad en los cotos de caza al amparo de su normativa específica, o en las empresas concesionarias de autopistas o del mantenimiento de autovías y/o carreteras, ha sufrido una importante modificación a raíz de la Ley 17/05 de 19 de julio, en cuyo artículo único, apartado veinte se introduce...

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