SAP Zaragoza 67/2011, 7 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 67/2011 |
Fecha | 07 Febrero 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA
SECCION SEXTA
ROLLO DE APELACION (RP) Nº 21/2011
SENTENCIA NÚM. 67/2011
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ILMOS. SEÑORES
PRESIDENTE
D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ
MAGISTRADOS
D. CARLOS LASALA ALBASINI
D. ALFONSO BALLESTÍN MIGUEL
En Zaragoza, a siete de febrero de dos mil once.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado núm. 55/2010, procedentes del Juzgado de lo Penal número Seis de Zaragoza, Rollo núm. 21/2011, seguidas por delito de hurto, contra Alfredo, cuyos datos personales ya constan en la sentencia impugnada, en libertad provisional por esta causa; representado por la Procuradora Doña María José Álvarez de Toledo . Fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL. Es Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ
, quien expresa el parecer del Tribunal.
En los citados autos recayó sentencia con fecha 14 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva se da por reproducida.
La sentencia apelada contiene la siguiente relación de hechos probados que se acepta. Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara probado: Alfredo, con la intención de procurarse un beneficio económico, sobre las 20.40 horas del día 10 de julio del 2008, acudió al establecimiento comercial "El Corte Inglés", sito en el Paseo de Sagasta de esta Ciudad, donde aprovechando un descuido de los empleados se apoderó de mercancía consistente en seis frascos de colonia, valorados en 869,05 euros, que escondió para abandonar el Centro sin abonarlos y evitar ser interceptado.
Sin embargo el Vigilante de Seguridad alertado por una dependienta, que observó los hechos trató de impedir que huyera con el botín, sin llegar a conseguirlo.
Sobre las 19.40 horas del día 14 de julio del mismo año Alfredo acudió de nuevo al mismo centro comercial, portando una bolsa preparada para inutilizar los sistemas de alarma, forrada en su interior con papel de aluminio y cinta adhesiva, y al ser reconocido por los empleados se procedió a su detención por agentes de Policía que se encontraban en las inmediaciones. En esta segunda ocasión no llevó a cabo ninguna actividad en el establecimiento.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la representación procesal de Alfredo, alegando como motivos del recurso: violación del principio de presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba; y admitido en ambos efectos se dio traslado, tras lo cual se...
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