SAP Barcelona 187/2011, 25 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución187/2011
Fecha25 Febrero 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCION OCTAVA

Rollo nº 12/11

P.A. nº 104/09

Juzg. Penal nº 8 de Barcelona

Los Ilmos. Sres.:

Presidente

Dº. Jesús María Barrientos Pacho

Magistrados

Dª. María Mercedes Otero Abrodos

Dª. María Mercedes Armas Galve

Dictan la siguiente;

S E N T E N C I A nº

En la ciudad de Barcelona a veinticinco de febrero de dos mil once.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, ante esta Sección Octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal número 12/11, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha dieciocho de noviembre de dos mil diez por el Juzgado de lo Penal nº 8 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 104/09, seguido por un delito de robo con fuerza en casa habitada contra Víctor ; siendo parte apelante el acusado, y parte apelada el Ministerio Fiscal, y actuando como Magistrada Ponente . Sra.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento y con fecha dieciocho de noviembre de dos mil diez se dictó Sentencia en cuyo Fallo literalmente se dispone: "Que DEBO ACORDAR y ACUERDO CONDENAR a Víctor como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de 5 años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial pata el derecho al sufragio pasivo por tiempo que dure la condena, con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia. Se mantiene la situación personal del acusado."

SEGUNDO

Y como hechos probados se consignan los siguientes: "PRIMERO.- El acusado, de nacionalidad marroquí, fue ejecutoriamente condenado por sentencia firme de fecha 25/09/2007 a la pena de 2 años de prisión como autor de un delito de robo con violencia e intimidación. SEGUNDO.- El acusado, el día 17/10/2007, sobre las 03:00 horas, se dirigió a la Avda. Bogatell n° 1 de la ciudad de Barcelona, junto con otra persona no identificada, trepó por la fachada del referido inmueble hasta llegar a un ventanal del comedor del piso 2-2a, penetró en su interior, donde se hallaban Cristina Laborda Molla, propietaria del mismo, y sus tres hijos, siendo sorprendido por ésta y huyendo éste por el ventanal de la casa. TERCERO.- El acusado entró en el edificio, y la otra persona que iba con él le esperó fuera del inmueble y sustrajo la cantidad de 100#, una cámara fotográfica marca Canon modelo Ixus 950, y un reproductor MP3 marca Apple modelo Ipod. CUARTO.- Los objetos sustraídos han sido valorados en la cantidad de 100#. QUINTO.- La perjudicada reclama por los objetos sustraídos."

TERCERO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal Don. Víctor en cuyo escrito tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes, interesó la revocación de la sentencia recurrida

CUARTO

Admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo al resto de las partes personadas para que en el término legal formularan alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, tramite que fue evacuado por el Ministerio Fiscal que se opuso al recurso de apelación interesando la confirmación de la sentencia impugnada, elevándose las actuaciones ante esta Sección Octava de

QUINTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección, sin celebrarse vista pública al no estimarse necesaria, quedaron los mismos vistos para sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

No se aceptan los hechos probados de la sentencia recurrida por las razones que se señalarán a continuación

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La defensa del acusado Víctor, condenado en la instancia como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada a la pena de cinco años de prisión, viene en apelación para reclamar un fallo absolutorio y denunciar la valoración equivocada de las pruebas llevadas a juicio así como el quebrantamiento de normas y garantías procesales, al denegarse las pruebas documental y pericial interesadas en tiempo y forma.

Comenzaremos el estudio del recurso por el segundo de los motivos, consistente en quebranto de normas y garantías procesales, al haberse inadmitido indebidamente la prueba pericial propuesta en...

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