SAP Barcelona 7/2012, 17 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución7/2012
EmisorAudiencia Provincial de Barcelona, seccion 18 (civil)
Fecha17 Enero 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION DECIMOCTAVA

ROLLO Nº 1061/2010

NULIDAD NÚM. 1092/2009

JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 7 BADALONA

S E N T E N C I A Núm. 7/2012

Ilmos. Sres.

Dª. ANA MARIA GARCÍA ESQUIUS

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a 17 de enero de 2012

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Nulidad, número 1092/2009 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Badalona a instancias de Dª. Juliana, contra D. Eugenio ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de julio de 2010, por la Juez del expresado Juzgado, con la intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: ""FALLO: No establecer pronunciamiento alguno en orden a la nulidad del matrimonio contraído entre Eugenio y Juliana

, y, con el carácter de definitivas y con base al acuerdo alcanzado, aprobar las siguientes medidas:

  1. La atribución a la madre, Doña. Juliana de la guarda y custodia del hijo común. La patria potestad será compartida.

    1. El establecimiento de un régimen de comunicación y estancia a favor del padre, consistente en:

    1. Durante el curso escolar:

    Todos los miércoles desde la salida del colegio hasta su entrada los jueves.

    Fines de semana alternos, desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes a su entrada, extensivos a puentes y festivos inmediatos.

    Las entregas y recogidas del menor se harán siempre a través de una 3ª persona cercana a los progenitores. B) Vacaciones escolares: ambos progenitores dividirán por mitad los periodos vacacionales.

    El primer periodo el menor estará en compañía del padre y el segundo con la madre.

    En caso de ausencia de la madre por regresar temporalmente a su País de origen, el padre podrá estar en compañía del menor.

  2. El establecimiento de una pensión alimenticia a favor del hijo común y con cargo al padre de 150 euros mensuales con efectos para el pasado mes de junio de 2010.

    Cantidad que deberá ser ingresada habitualmente dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria designada por la madre. En su caso, la cantidad consignada deberá ser actualizada cada primero de año en la misma proporción que experimente la variación del IPC del ejercicio anterior.

  3. Aun a pesar del acuerdo alcanzado entre las partes, será necesario recabar el consentimiento del otro progenitor o autorización judicial, en su caso, para salidas del menor del territorio español, por analogía con lo previsto en el art. 139 del Código de Familia catalán."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal que presentaron escrito de oposición; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 1 de diciembre de 2011.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Magistrada Ilma. Sra. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El único pronunciamiento que es objeto de apelación en el presente proceso es la denegación de la nulidad del matrimonio solicitada por el demandado.

Los ahora litigantes contrajeron matrimonio en Marruecos el 21 de julio de 2008 según el rito islámico y las leyes marroquíes. La demandante había contraído matrimonio con anterioridad en España el 21 de octubre de 1998 con un nacional español. Dicho matrimonio no se halla disuelto. Hay sentencia de separación, pero no de divorcio, de fecha 24 de abril de 2004 . El apelante solicita la nulidad del segundo matrimonio y sostiene que el matrimonio celebrado por la actora y nacional español no musulmán es nulo según la...

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