SAP Zaragoza 604/2012, 30 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución604/2012
Fecha30 Diciembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00604/2012

Rollo:378/2011

SENTENCIA NÚMERO SESCIENTOS CUATRO

En Zaragoza, a treinta de diciembre de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 4 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, constituida únicamente a los efectos del presente Rollo por el Magistrado de la misma Dª. Mª JESÚS DE GRACIA MUÑOZ, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2011, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE CALATAYUD en autos de Juicio Verbal seguidos con el nº 51/2011 de que dimana el presente Rollo de apelación nº 378/2011, en el que ha sido parte apelante MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, representado por la Procuradora Dª. Inmaculada Isiegas Gerner, y asistido por el Letrado D. Alejandro Lorda Sanchez y como apelado AUTOVIA DE MEDINACELI-CALATAYUD SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA, representado por el Procurador Dª Yolanda Martínez Chamarro, y asistido por la Letrada Dª Pilar Casero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 de CALATAYUD, se dictó sentencia con fecha 25 de abril de 2011, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: QUE ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por el Procurador Fernando Tomás Colás, en nombre y representación de AUMECSA (AUTOVÍA DE MEDINACELI-CALATAYUD, SOCIEDAD CONCESIONARIA DEL ESTADO, S.A.), contra MUTUA MADRILEÑA, DEBO CONDENAR Y CONDENO a ésta a pagar a la parte actora.

  1. La cantidad de 2.989,23 euros (DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON VEINTRÉS CÉNTIMOS), habiéndose abonado por la parte demandada la cantidad de 1.520,18 euros (MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS).

  2. Los intereses legales previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguros, desde la fecha de ocurrencia del siniestro (13 de julio de 2009) y hasta la fecha de pago (18 de febrero de 2011), respecto de la cantidad de 1.520,18 euros, así como los intereses previstos en los artículos 1.000 y siguientes del Código Civil desde la fecha de interposición de la demanda y hasta la fecha de la presente resolución, respecto de la cantidad restante.

  3. Los intereses procesales previstos en el artículo 576 LEC desde la fecha de la presente resolución y hasta el pago íntegro de lo debido.

Se condena en costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal el día 27 de julio 2011 donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida. TERCERO . - En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora es adjudicataria de la concesión para la conservación y mantenimiento de la Autovia A-2 del PK 139,5 al 232, 8. En fecha 13 de julio de 2.009 un...

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