SAP Valencia 615/2011, 16 de Noviembre de 2011

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2011:6558
Número de Recurso438/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución615/2011
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000438/2011

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 615

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as

Dª PILAR CERDAN VILLALBA

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

En la Ciudad de Valencia, a 16 de noviembre de 2011

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000060/2007, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE SUECA, entre partes; de una como demandante - apelante/s Jesús, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JOAQUIN MUÑOZ ALVAREZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª CARMEN INIESTA SABATER, y de otra como demandada - apelado/s COM PROP DEL EDIFICIO000, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. MONTSERRAT JOVELLS MATEU y representado por el/la Procurador/a D/Dª LAURA LUCENA HERRAEZ.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 5 DE SUECA, con fecha 3 de febrero de 2011, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que debo tener por renunciada a la parte demandante Jesús, de la acción ejercitada en el presente proceso de procedimiento ordinario, sobre ejercicio de acción de indemnización de daños y perjuicios continuados, absolviendo a la parte demandada, procedimiento ordinario, con condena encostas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 19 de octubre de 2011 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Para poder resolver el presente recurso es necesario hacer referencia a los siguientes antecedentes procesales:

  1. - La sección 9ª de la AP de valencia dictó en fecha 2-7-1994 en el RAC 26/1994 sentencia 134/1994 cuyo fallo disponía " Estimando el recurso de apelación formulado por la representación de Argimiro y la Comunidad de propietarios del EDIFICIO000 contra la Sentencia de fecha 23 de Octubre de 1989 recaída en los autos número 11/86 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sueca, revocamos dicha resoluci8ón, y estimando la demanda se declara que la terraza anterior de la fachada del EDIFICIO000 que sirve de acceso al mismo, y señalado en la escritura de división horizontal BLOQUE SEGUNDO, constituye elemento común del edificio y por tanto constituye copropiedad de los distintos dueños de apartamentos del mismo; Se declara que el título o escritura de división horizontal debe ser modificado en el sentido de reconocer la naturaleza de elemento común de la terraza mencionada; se condena a Hergife SL a que otorgue los documentos públicos necesarios para modificar dicho título en el sentido expuesto y se acuerda que deberá rectificarse la inscripción en el registro de la Propiedad de Sueca en el sentido en que se ha modificado el título. Se condena a la parata demandada al pago de las costas causadas de la primera instancia y no se hace expresa condena al pago de las de esta alzada."

  2. - En fecha 1-2-2007 Jesús formuló la demanda origen del proceso que nos ocupa juicio ordinario 60/2007 del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Sueca dirigida contra la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 en cuyo suplico solicitaba " Que tenga por presentado este escrito, con los Documentos que acompaño y sus copias; lo admita y tenga por interpuesta demanda de Juicio Ordinario en ejercicio de acción de indemnización de daños y perjuicios continuados derivados de responsabilidad extracontractual contra la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, sita en AVENIDA000 NUM000 de Cullera, en la persona de su Presidente y representante legal y se le emplace, a fin de que en su dia, previa la tramitación oportuna, con el recibimiento del juicio a prueba que se deja interesado expresamente se dicte Sentencia por la que se condene a la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000, para que indemnice y abone a D. Jesús con la cantidad de cincuenta y cinco mil ochenta y cuatro euros con veinte céntimos (55.084,20 euros) por precios de alquileres dejados de obtener y por el alquiler de ocupación de terraza, más daños y perjuicios por no poder vender el local comercial y la terraza de su propiedad, cuya cuantía o importe se fijará en ejecución de sentencia al no poderse precisar ahora, más los intereses legales devengados desde el año 2001, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada. 1.- Otrosí digo: Apertura de oficio de Diligencias Previas. Que a tenor de lo establecido en el artículo 40.1 de la LEC suplico al juzgado que, mediante Providencia, ponga en conocimiento del Ministerio Fiscal, por si hubiese lugar al ejercicio de la acción penal, al existir indicios racionales de un presunto delito de usurpación del sector de terraza en planta baja, destinado a otros usos, del Bloque Segundo, propiedad de D. Jesús (Documento D-4), tipificado en el artículo 245.2 del Código Penal . 2.- Otrosí digo: Archivos de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 . Que esta parte señala los Archivos de la Comunidad de Propietarios demandada y principalmente al Libro de actas, respecto a los documentos que no obren en poder de la parte actora, sin perjuicio de otros medios de prueba que sean procedentes, según la contestación de la parte demandada, conforme previenen los aparatados 2 y 3 del artículo 265 de la LEC "

  3. - La Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 contestó alegando la falta de legirimacion activa, prejudicialidad civil en relación con el Juicio de Menor Cuantía 3/2001 del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Sueca, defecto legal en el modo de proponer la demanda prescripción y motivos de fondo. También solicitó la suspensión por la alegada prejudicialidad. La prejudicialidad se basaba en que en el Juico de Menor Cuantia 3/2001 del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Sueca, se había dcitado en fecha 27-1-2004 sentencia nº 36/2003 cuyo fallo disponía:

    "Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Asunción Carrasquer, en nombre y representación de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO000,, contra a HERGIFE, S.L., D. Luis Alberto Y Dª Pilar, D. Celso Y Dª Cecilia, Y D. Jesús, debo acordar y acuerdo:

    1. - Declarar nulo el contrato de compraventa otorgado por la mercantil Hergife a favor de la sociedad de gananciales integrada por los cónyuges D. Luis Alberto Y Dª Pilar, D. Celso Y Dª Cecilia, autorizado por el Notario de Cullera Sr. Vigil de Quiñones Parga, en fecha 25 de enero de 1986, sobre la terraza sita ene planta baja del EDIFICIO000, que constituye la finca registral núm. NUM001 .

    2. -Declarar nulo el contrato de compraventa otorgado por D. Luis Alberto Y Dª Pilar a favor de la sociedad de gananciales integrada por los cónyuges, D. Celso Y Dª Cecilia, autorizado por el Notario de Cullera Sr. Fos Martí, en fecha 30 de marzo de 1988, sobre la misma finca. 3.- Declarar nulo el contrato de compraventa otorgado por D. Celso Y Dª Cecilia a favor de D. Jesús

      , autorizado por el Notario de Madrid Sr. Maíz Cal, en fecha de 17 de octubre de 1996, sobre la misma finca.

    3. - Ordeno la cancelación de las inscripciones a que hayan dado lugar dichas compraventas en el Registro de la Propiedad de Cullera.

    4. - Condeno a los demandados a reintegrar la posesión de la referida terraza a la Comunidad de Propietarios.

    5. - Condeno a los demandados al pago de las costas procesales"

      Esta sentencia fue recurrida en apelación y en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Procesal Penal
    • España
    • Actualidad Jurídica (Uría Menéndez) Núm. 34, Enero 2013
    • January 1, 2013
    ...Sala de lo Penal, de 12 de noviembre de 2012 El TS estima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 16 de noviembre de 2011 que había absuelto al acusado por prescripción del delito. Así, el TS, anula la sentencia de la AP y ordena que ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR