SAP Madrid 298/2011, 3 de Octubre de 2011
Ponente | LUCIA MARIA TORROJA RIBERA |
ECLI | ES:APM:2011:15437 |
Número de Recurso | 248/2011 |
Procedimiento | APELACION JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 298/2011 |
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEGUNDA
ROLLO DE APELACIÓN: RJ 248/2011
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION 49 DE MADRID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 328/2011
SENTENCIA Nº 298/2011
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ILMA. SRA. MAGISTRADA:
Dª LUCIA MARIA TORROJA RIBERA
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En MADRID, a tres de octubre de dos mil once.
Vista en grado de apelación por la Ilma. Dª LUCIA MARIA TORROJA RIBERA, Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, en la que se acordó la formación del Rollo número 248/2011, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2º, párrafo segundo de la L.O.P.J ., la presente apelación contra la sentencia dictada en el JDO. DE INSTRUCCION Nº 49 de Madrid, en el JUICIO DE FALTAS nº 328/2011, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según la redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante, Aurora, y en concepto de apelado, el MINISTERIO FISCAL .
Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Faltas por FALTA DE HURTO, por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. DE INSTRUCCION Nº 49 DE MADRID se dictó sentencia con fecha veintitrés de febrero de dos mil once, estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: " QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Aurora como autora de una falta de hurto a la pena de 30 días de multa con cuota diaria de 3 euros, con aplicación del art. 53 CP en caso de impago, con entrega definitiva de los efectos y costas".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por el Letrado D. Pedro PatiñoMayer Alurralde y, admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia. Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
HECHOS PROBADOS
No se entra a conocer de los mismos.
A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes:
El Letrado D. Pedro Patiño-Mayer Alurralde, actuando en nombre y representación de Aurora, formuló recurso de apelación contra la sentencia dictada con fecha veintitrés de febrero de dos mil once en el Juzgado de Instrucción nº 49 de los de esta Capital en el Juicio de Faltas nº 328/2011.
Alegaba en su recurso como motivo el de quebrantamiento de garantías constitucionales (derecho a la defensa en juicio), ya que el Letrado D. Pedro Patiño- Mayer Alurralde, designado por el turno de oficio por el ICAM, asistió en su declaración ante la Policía a la denunciada, Aurora, siendo posteriormente citado a Juicio de Faltas el día veintitrés de febrero de dos mil once, al que acudió en calidad de defensor, no haciéndolo la denunciada, que no asistió al acto.
Iniciada la vista, SSª manifestó al Letrado que, por la ausencia de su defendida, le permitirá asistir en la vista, pero no participar en ella, formulando protesta éste ante ello.
El Ministerio Fiscal en su escrito de impugnación al recurso solicitó la confirmación de la resolución recurrida.
El recurso debe prosperar.
Visto el soporte de grabación del acto del Juicio de faltas, se aprecia como la Magistrada Juez indica al Letrado de la denunciada que ésta no ha acudido al juicio, respondiéndole aquel que la asistió en la Comisaria y que ha sido designado por el turno de oficio. Se le contestó que se le tenía por personado, pero que no podía actuar y que no podía ejercitar el derecho de defensa de la denunciada, al no haber asistido ésta al juicio.
La representante del Ministerio Fiscal informó en el sentido de considerar acertada la decisión de SSª y el Letrado manifestó su protesta, señalando que en los juicios por delito, si la pena no superaba la duración de dos años de prisión, aunque no asistiere al acusado, se permitía a su defensa intervenir en el juicio.
La sentencia de...
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SAP Madrid 399/2012, 27 de Noviembre de 2012
...Judicial consta que "el Letrado hace constar su protesta por no dejarle intervenir ya que está designado de oficio. Sentencia Audiencia Provincial de Madrid nº 298/2011 . - A la vista de lo anterior, una vez que inicialmente el denunciado solicitó la asistencia de Abogado de oficio y que as......