SAP Madrid 120/2012, 7 de Marzo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución120/2012
Fecha07 Marzo 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00120/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 21

1280A

C/ FERRAZ, 41

Tfno.: 914933872-73-06-07 Fax: 914933874

N.I.G. 28000 1 7013486 /2009

Rollo: RECURSO DE APELACION 843 /2009

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1775 /2007

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 16 de MADRID

Ponente:LA ILMA. SRA. Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

AA

De: Araceli, Gregorio, Elsa, Juliana

Procurador: ISACIO CALLEJA GARCIA, ISACIO CALLEJA GARCIA, ISACIO CALLEJA GARCIA, ISACIO CALLEJA GARCIA

Contra: Octavio, Horacio, Luis Alberto, Horacio

Procurador: JOSE LUIS FERRER RECUERO, JOSE LUIS FERRER RECUERO, JOSE LUIS FERRER RECUERO, JOSE LUIS FERRER RECUERO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL

Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ

Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

En Madrid, a siete de marzo de dos mil doce. La Sección Vigésimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 1775/2007, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como Apelantes- Demandantes: Dª. Araceli, D. Gregorio, Dª. Elsa, Dª. Juliana, D. Maximino, D. Santos, Dª. Raquel, Dª. Jacinta, Dª. Dulce, Dª. Noemi, D. Eulalio, y de otra, como Apelados-Demandados: D. Octavio, D. Horacio, D. Luis Alberto, D. Oscar, Dª. Esther, D. Jose Antonio, Dª. Mercedes Y DON Ambrosio Y DOÑA María Teresa .

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ALMUDENA CÁNOVAS DEL CASTILLO PASCUAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, en fecha 14 de enero de 2009, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta en nombre de Dª. Araceli ; D. Gregorio ; Dª. Elsa ; Dª. Juliana ; D. Santos ; Dª. Jacinta ; Dª. Dulce, D. Eulalio, D. Maximino ; Dª. Noemi Y Dª. Raquel, absuelvo de ella a los demandados D. Octavio, D. Horacio ; D. Luis Alberto ; D. Oscar ; Dª. Esther ; Dª. Mercedes ; Dª. Ambrosio, D. Jose Antonio Y Dª. María Teresa, todo ello con imposición de costas a la parte actora. "

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de 12 de diciembre de 2011, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 6 de marzo de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de Dª Araceli, D. Gregorio y Dª Elsa, de Dª Juliana, Dª

Raquel, de D. Maximino y D. Santos, así como de Dª Jacinta, Dª Dulce, Dª Noemi y D. Eulalio formularon demanda de juicio ordinario contra D. Octavio y otros interesando se declarara que ellos habían sido preteridos en la partición hereditaria de D. Ismael, declarando les pertenecía el derecho hereditario en la forma que determinaban en el suplico de su demanda respecto de los bienes de aquél, habiéndose opuesto los demandados a las pretensiones frente a los mismos deducidas.

El Juzgador de instancia dictó sentencia desestimando las pretensiones deducidas por la parte actora en la litis, al no haberse solicitado por ellos la declaración de su cualidad de herederos respecto de D. Ismael, sin que tampoco se hubiera determinado el orden de los fallecimientos de los que pudieran haber sido llamados a la herencia de éste para establecer el orden de prioridad de los mismos frente a otros parientes, condenando al pago de las costas en el procedimiento devengadas a los actores, siendo contra este pronunciamiento en materia de costas frente al que los mismos han mostrado su disconformidad, por entender que desde luego los mismos no habían actuado con temeridad al presentar la demanda iniciadora de la litis, cuando ya con anterioridad habían interesado una ampliación de la declaración de herederos realizada tras el fallecimiento de D. Ismael,...

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