SAP Murcia 318/2013, 16 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 318/2013 |
Fecha | 16 Mayo 2013 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00318/2013
Rollo Apelación Civil nº: 271/13
Ilmos. Sres.
Don Carlos Moreno Millán.
Presidente
Don Francisco José Carrillo Vinader
Don Juan Antonio Jover Coy
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a dieciséis de mayo de dos mil trece.
Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos del Procedimiento de Medidas de Protección de Menores que con el número 145/12 se han tramitado en el Juzgado Civil nº 3 (Familia) de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante, Dña. Eloisa (N.I.F.: NUM000 ) representada por el Procurador Sr. Ródenas Pérez y dirigida por el Letrado Sr. Montoya Martínez; y como parte demandada y ahora apelada, la Dirección General de Política Social de la Consejería de Sanidad y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dirigida por la Letrada Sra. Hernández García. Es parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado Civil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 12 de diciembre de 2012 cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: FALLO: "Que DESESTIMANDO la demanda presentada por el Procurador Sr. Ródenas Pérez en nombre y representación de doña Eloisa frente a la Dirección General de Familia y Menor, debo declarar y declaro no haber lugar a la impugnación de la resolución administrativa de 14 de septiembre de 2011, y todo ello sin hacer una expresa condena en las costas de esta instancia".
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora que lo basó en error en la valoración de la prueba. Se dio traslado a la otra parte que se opuso al mismo.
Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 271/13, señalándose para votación y fallo el día 15 de mayo de 2013.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La sentencia dictada en la instancia desestima en su integridad la acción ejercitada por la actora Dña. Eloisa, contra la Dirección General de Política Social de la Consejería de Sanidad y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tendente a la impugnación de la resolución administrativa de fecha 14 de septiembre de 2011 dictada por dicha Entidad Pública que declaraba la situación de desamparo de los menores, Fernando y Josefina, asumiendo la tutela de los mismos.
La citada sentencia ratifica la resolución administrativa objeto de impugnación, por entender concurrente dicha situación de desamparo, desestimando así la pretensión formulada por la parte actora que alegaba la inexistencia de los requisitos necesarios para apreciar la referida desprotección de los menores.
La mencionada parte demandante muestra su disconformidad con el aludido pronunciamiento judicial e interesa su revocación y el dictado de una nueva sentencia que declare la inexistencia de situación de desamparo de los menores, y restaure la tutela de los mismos a la madre Dña. Eloisa, así como la correspondiente medida de guarda y custodia.
Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en los presentes autos que no asiste razón a la parte recurrente en...
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