SAP Cáceres 264/2013, 10 de Octubre de 2013
Ponente | JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA |
ECLI | ES:APCC:2013:680 |
Número de Recurso | 218/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 264/2013 |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CACERES
SENTENCIA: 00264/2013
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CACERES
1290A0
AVD. DE LA HISPANIDAD S/N
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Tfno.: 927620309 Fax: 927620315
N.I.G. 10148 41 1 2012 0100174
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000218 /2013
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PLASENCIA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000037 /2012 Apelante: Remedios
Procurador: MARIA TERESA HERNANDEZ CASTRO
Abogado: GLORIA PICO GONZALEZ
Apelado: Nieves
Procurador: MARIA DE LA LUZ DELGADO PUCHE
Abogado: JOSE LUIS TRANCON GRAO
S E N T E N C I A NÚM. 264/13
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE :
DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA =
MAGISTRADOS :
DON ANTONIO MARÍA GONZÁLEZ FLORIANO =
DOÑA MARIA TERESA VAZQUEZ PIZARRO = ___________________________________________________
Rollo de Apelación núm. 218/13 =
Autos núm. 37/12 (Juicio Ordinario) =
Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Plasencia = ==============================================
En la Ciudad de Cáceres a diez de Octubre de dos mil trece.
Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Ordinario núm. 37/12 del Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Plasencia, siendo parte apelante la demandada, DOÑA Remedios, representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sra. Munárriz Modrego y en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sra. Hernández Castro, viniendo defendida por el Letrado Sra. Pico González, y, como parte apelada, la demandante, DOÑA Nieves, representada tanto en la instancia como en la alzada por el Procurador de los Tribunales Sra. Delgado Puche, viniendo defendida por el Letrado Sr. Trancón Grao.
Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Plasencia, en los Autos núm. 37/12, con fecha
18 de Diciembre de 2012, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: QUE ESTIMANDO íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales Dña. María Luz Delgado Puche, en representación de Nieves, contra Dña. Remedios, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.032,54 euros, más los intereses correspondientes desde la reclamación extrajudicial.
Se imponen las costas a Dña. Remedios ."
Frente a la anterior resolución y por la representación procesal de la demandada, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, se tuvo por interpuesto y, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación procesal de la demandante, se remitieron los autos originales a la Audiencia Provincial de Cáceres, previo emplazamiento de las partes por término de 10 días.
Recibidos los autos, registrados en el Servicio Común de Registro y Reparto, pasaron al Servicio Común de Ordenación del Procedimiento, que procedió a incoar el correspondiente Rollo de Apelación, y, previos los trámites legales correspondientes, se recibieron en esta Sección Primera de la Audiencia Provincial, turnándose de ponencia; en fecha 23 de Septiembre de 2013 la Sala dictó Auto denegando el recibimiento a prueba en la alzada propuesta por la representación procesal de la apelante, habiéndose procedido, además, por su inadmisión, al desglose y devolución del documento aportado con su escrito de interposición de recurso; por el contrario, en el mismo Auto, se tuvo por incorporado el documento aportado por la parte apelada junto con su escrito de oposición al recurso de apelación; y, no considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para la DELIBERACIÓN Y FALLO el día nueve de Octubre de dos mil trece, quedando los autos para dictar resolución en el plazo que determina el art. 465 de la L.E.C ..
- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE...
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