SAP Asturias 79/2012, 1 de Febrero de 2012

PonenteANTONIO LANZOS ROBLES
ECLIES:APO:2012:3858
Número de Recurso13/2010
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución79/2012
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 2

OVIEDO

SENTENCIA: 00079/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección n° 002

Rollo: 0000013 /2010

Órgano Procedencia: JDO.1ª. INST. E INSTRUCCIÓN N.1 de CANGAS DE ONIS

Proc. Origen: SUMARIO (PROC. ORDINARIO) nº 0000002 /2010

SENTENCIA N° 79/2012

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. ANTONIO LANZOS ROBLES

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA

D. JAVIER GUSTAVO FERNANDEZ TERUELO

En Oviedo, a uno de febrero de dos mil doce.

VISTOS en juicio oral y público, por la Sección 2* de esta Audiencia Provincial los presentes autos procedentes del Juzgado de Instrucción de Cangas de Onis, seguidos por un delito de lesiones y-unas faltas de injurias y amenazas con el numero 2/2010 de Procedimiento Ordinario (Rollo de Sala n° 13/2010), contra: Florian, con D.N.I. n° NUM000, de 23 años de edad, hijo de Mario y de Daniela, natural de Higuey (República Dominicana) y vecino de Ribadesella, de estado soltero, sin profesión, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, por la que no ha estado privado de la misma, representado por el Procurador Sr. Tahoces Blanco, bajo la dirección Letrada del Sr. González Fernández; contra Teofilo, con D.N.I. n° NUM001, de 23 años de edad, hijo de Apolonio y de Melisa, natural de Ribadesella (Asturias) y vecino de Ribadesella, de estado soltero, de profesión fontanero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, por la que no ha estado privado de la misma, representado por la Procuradora Sra. Riestra Barquín, bajo la dirección de la Letrada Sra. Lemos Masso; y contra Elias con D.N.I. nº NUM002, de 23 años de edad, hijo de Imanol y de Melisa, natural de Ribadesella (Asturias) y vecino de Ribadesella, de estado soltero, de profesión peluquero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, por la que no ha estado privado de la misma, representado por la Procuradora Sra. Collado González, bajo la dirección del Letrado Sr. Vázquez Martín; causa en la que son parte acusadora el Ministerio Fiscal y Alonso y Eladio, representados por la Procuradora Dª Laura Fernández-Mijarez Sánchez, bajo la dirección de la Letrada Dª Ana García Boto; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don ANTONIO LANZOS ROBLES, procede dictar sentencia fundada en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS los que a continuación se relacionan: Hacia las 22:15 aproximadamente del día 10 de agosto de 2007, encontrándose Alonso y Eladio colocando la terraza del establecimiento "La Casina", de su propiedad, sito en la Plaza de la Atalaya de Ribadesella, el ahora acusado Elias estacionó su vehículo Volkswagen Golf, color azul, en la terraza de dicho bar, apartando las meses para aparcar, hecho lo cual, puso el equipo de música de su coche en funcionamiento. Al percatarse de ello, salió en primer lugar del bar Eladio, pidiendo al conductor que retirara el vehículo en cuestión, para poder así terminar de colocar la terraza, sin que Elias opusiera objeción alguna, accediendo a retirarlo. Pero entonces, de entre los demás chicos que se encontraban en la Plaza, el segundo de los acusados, Teofilo (a. " Limpiabotas "), dijo a voces "mañana aparco el coche yo y pongo la música a todo lo que dé", reprendiéndole Eladio por sus malos modales, ante lo cual, éste se mostró despectivo e insultante. Entonces, al escuchar esto, el Sr. Alonso salió del bar, acercándose al tal " Limpiabotas " ( Teofilo ) para reprenderle, diciéndole que no eran formas de tratar a su mujer y que no tenía educación. Ante ello, Teofilo le contestó que hacía lo que le daba la gana, mientras quemaba una china que tenía en la mano, momento en el cual Alonso intentó tirársela sin conseguirlo. Entonces, sin más preámbulos resultó empujado por el tercer acusado Florian, cayendo encima de un vehículo que se hallaba allí estacionado; al levantarse, se encontró de frente a Florian quien, tras preguntarle qué le pasaba, le pegó un puñetazo en el ojo izquierdo, nublándosele la vista, para recibir otro puñetazo mientras los otros dos acusados le sujetaban por los brazos y le agarraban por el cuello, sin dejar que se moviera ni que se defendiera, resultando Alonso golpeado de forma repetida por Florian, avisando entonces la esposa de Alonso a la Guardia Civil que se personó allí y procedió a la identificación de los agresores.

A consecuencia de los hechos, Alonso resultó con lesiones...

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