SAP Valencia 249/2014, 30 de Junio de 2014

PonenteMANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
ECLIES:APV:2014:3538
Número de Recurso119/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución249/2014
Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2014-0000988

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 119/2014- MS - Dimana del Juicio Verbal Nº 001018/2012

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE PATERNA

Apelante: MAPFRE SEGUROS, S.A..

Procurador.- Dña. GABRIELA MONTESINOS MARTINEZ.

Apelado: AUTOVIA DEL TURIA CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A.

Procurador.- D. SANTIAGO GEA FERNANDEZ

Apelado: Dª Emma

Procurador: Dª GABRIELA MONTESINOS MARTINEZ.

SENTENCIA Nº 249/2014

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MAGISTRADO PONENTE

ILMO. SR. D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

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En Valencia, a treinta de junio de dos mil catorce.

Vistos por mí, MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA, Magistrado de la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, constituido en Tribunal Unipersonal en los autos de Juicio Verbal - 001018/2012, promovidos por AUTOVIA DEL TURIA CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A. contra Dª Emma y MAPFRE SEGUROS, S.A. sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por MAPFRE SEGUROS, S.A., representada por el Procurador Dña. GABRIELA MONTESINOS MARTINEZ y asistida del Letrado D. RICARDO GUARCH BONORA contra AUTOVIA DEL TURIA CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A., representada por el Procurador Dña. SANTIAGO GEA FERNANDEZ y asistida por el Letrado D. FERNANDO ALANDETE GORDO y contra Dª Emma representada por la Procuradora Dª GABRIELA MONTESINOS MARTINEZ y asistida del Letrado D. RICARDO GUARCH BONORA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE PATERNA, en fecha 12/01/14 en el Juicio Verbal - 001018/2012 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales

D. Santiago Gea Fernández, en nombre y representación de AUTOVÍA DEL TURIA CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, SA, contra D.ª Emma y la entidad aseguradora MAPFRE SEGUROS, SA, DEBO CONDENAR Y CONDENO solidariamente a los demandados a que indemnicen a la actoraen la cantidad de 4.115,71 euros, más los intereses legales correspondientes, que para la compañía de seguros demandada serán los del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro, todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento. ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de MAPFRE SEGUROS, S.A., y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de AUTOVIA DEL TURIA CONCESIONARIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA, S.A. . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se sustanciaron los trámites preceptivos del recurso ante esta segunda instancia, quedaron conclusas las actuaciones, señalándose a tal fin el día 10 de Junio de 2014.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La mercantil Autovía del Turia Concesionaria de la Generalitat Valenciana presentó demanda frente a Dª. Emma y la entidad Mapfre Familiar, Cía. de Seguros y Reaseguros S. A., en reclamación de la suma principal de 4.115,71 euros, e intereses legales del artículo 20 LCS frente a la aseguradora, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1902 CC y 76 LCS y concordantes, como indemnización de los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del siniestro de la circulación ocasionado por la primera demandada al perder el control de su vehículo, asegurado por la segunda, produciendo daños en la autovía de la que era concesionaria la demandante.

Y, opuesta la parte demandada a la demanda, se dicta sentencia en la primera instancia íntegramente estimatoria de la demanda.

Resolución que es apelada por Mapfre Familiar, Cía. de Seguros y Reaseguros S. A.

SEGUNDO

Circunscrita la controversia a las consecuencias indemnizatorias del suceso acaecido, se aduce por la demandada error en la valoración de la prueba al considerar que la practicada confirmaría las razones de su oposición, y se reitera la falta de legitimación de la demandante para reclamar, ya que conforme a las condiciones pactadas en el contrato concertado con la Generalitat Valenciana de adjudicación, construcción, explotación y conservación de la autovía en cuestión, como concesionaria quedaba resarcida ya...

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