SAP Barcelona 290/2014, 12 de Septiembre de 2014

PonenteJUAN FRANCISCO GARNICA MARTIN
ECLIES:APB:2014:9805
Número de Recurso370/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución290/2014
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOQUINTA

Rollo núm. 370/2013-3ª

Juicio Ordinario núm. 99/2012

Juzgado Mercantil núm. 4 Barcelona

SENTENCIA 290/2014

Composición del tribunal:

JUAN F. GARNICA MARTÍN

LUÍS GARRIDO ESPA

JOSÉ MARÍA RIBELLES ARELLANO

En la ciudad de Barcelona, a doce de septiembre de dos mil catorce.

VISTOS en grado de apelación por cimoquintaMercantil número 4 de esta localidad, por virtud de demanda de Derprosa Film, S.L. contra Brilloworld, S.L., pendientes en esta instancia al haber apelado la demandada la sentencia que dictó el referido Juzgado el día 29 de abril de 2013.

Han comparecido en esta alzada la apelante Brilloworld, S.L., representada por la procuradora de los tribunales Sra. Palau y defendida por el letrado Sr. Alburquerque, así como la actora Derprosa Film, S.L. en calidad de apelada, representada por el procurador Sr. López Chocarro y defendida por el letrado Sr. Cueto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: « Desestimar la demanda reconvencional formulada por Brilloworld, representada por el procurador Sra. Palau, y en consecuencia, absolver de la misma a Derprosa Film S.L., condenando a la actora reconvencional al pago de las costas sin que se aplicable el limite previsto en el artículo 394 LEC .

Estimar la demanda presentada por Derprosa S.L., representada por Federico Barba, declarar que el demandado BRILLOWORLD S.L. ha infringido los derechos de patente del que es titular el demandante por la importación y comercialización del film Velvet o OPP30 MY Velvet Mat para la laminación de soportes gráficos, condenar al demandado a cesar en la actividad infractora, a retirar del mercado y destruir el material infractor, a publicar la parte dispositiva de la sentencia en un diario de difusión nacional, y a indemnizar al actor en la suma de 28.082'97 euros, así como al pago de las costas procesales sin que sea aplicable el limite previsto en el artículo 394 LEC ».

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación Brilloworld, S.L. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo y solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de Audiencia Provincial14 de mayo pasado.

Actúa como ponente el magistrado Sr. JUAN F. GARNICA MARTÍN, presidente de .

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Términos en los que aparece planteado en esta instancia el litigio que enfrenta a las partes

  1. Derprosa Film, S.L. interpuso demanda contra Brilloworld, S.L. imputándole estar infringiendo los derechos de exclusiva que le concede la patente española 2 344 241 B2 (en lo sucesivo, ES'241), que lleva como título "film para laminación de soportes gráficos y procedimiento de fabricación", concedida con examen previo el 30 de mayo de 2011 y solicitada el 19 de febrero de 2009, infracción que cometía por medio del ofrecimiento, entrega, importación, fabricación y/o comercialización del film "VELVET" o "OPP30 MY VELVET MATT" para su uso en la laminación de soportes gráficos. Reclamaba, además de que se declara la infracción, la condena a la demandada al cese en la actividad infractora, al embargo de los objetos infractores producidos o importados, a la retirada del mercado y destrucción de los catálogos y documentos utilizados en su comercialización, a indemnizarle los daños y perjuicios sufridos y a la publicación a su costa de la sentencia condenatoria.

  2. Brilloworld, S.L. se opuso a la demanda y ejercitó reconvención alegando la nulidad de la patente invocada en la demanda por falta de novedad y/o actividad inventiva. Por lo demás, no discutió la infracción, en el caso de que no existiera nulidad.

  3. La resolución recurrida analizó la alegación de falta de novedad y de actividad inventiva para concluir que no tenía fundamento la alegación de la demandada, razón por la que desestimó la reconvención apreciando que la patente cuestionada era válida. También estimó la acción de infracción y condenó a la demandada a cesar en la actividad infractora, a la publicación de la resolución y a la indemnización de daños y perjuicios.

  4. Recurre exclusivamente la demandada Brilloworld, S.L., que funda su impugnación en las siguientes alegaciones:

  1. De forma previa alega la pérdida sobrevenida del objeto del proceso, con fundamento en un hecho nuevo consistente en la caducidad de la patente invocada en la demanda por falta de pago de la cuota correspondiente a la cuarta anualidad de la tasa.

  2. En cuanto al fondo, insiste en su alegación de nulidad de la patente en la que la actora funda las acciones ejercitadas alegando que su falta de nulidad y actividad inventiva resulta del propio procedimiento de registro.

  3. También alega que la falta de novedad y actividad inventiva resulta del examen de las reivindicaciones a la luz de las anterioridades que alega.

  4. Por último, cuestiona las condenas de que ha sido objeto respecto de la indemnización y la publicación de la sentencia.

SEGUNDO

Sobre los hechos que contextualizan el conflicto que enfrenta a las partes

  1. La resolución recurrida contiene el siguiente relato de hechos probados, que en lo sustancial no se discute en la alzada:

A) Derprosa Film S.L. (Derprosa) es una compañía española, constituida en el año 2000, dedicada al desarrollo, fabricación y comercialización de film bi-orientado de polipropileno para artes gráficas, alimentación y etiquetas.

B) En el último trimestre del año 2009 Derprosa lanzó al mercando con el nombre DL Soft Touch "una película de polipropileno Bio-orientado (BOPP) especialmente diseñada para la laminación de soportes gráficos de muy alta calidad. Se trata del primer film con propiedades táctiles de la historia y presenta un agradable e intenso efecto aterciopelado muy similar a la piel de melocotón".

C) La actora es titular de la patente española 2.344.241 B2 (en adelante ES'241), concedida con examen previo, solicitada el 19 de febrero de 2009 y concedida el 30 de mayo de 2011, que lleva por título: "Film para laminación de soportes gráficos y procedimiento de fabricación"; dicha patente contiene nueve reivindicaciones:

1. Uso de un film que comprende un substrato o núcleo de film plástico (1) fabricado por extrusión, con un espesor comprendido entre 5 y 150 µm, al que se añade por recubrimiento una dispersión base liquida de poliuretano alifático de aspecto blanco lechoso (2) que contiene entre un 30% y 100% de sólidos en función del grado de tacto suave que se pretende obtener, estando comprendido el espesor de dicho recubrimiento, una vez seco, entre 0,2 y 5 µm, en la laminación de soportes gráficos.

2. Uso de un film según la reivindicación 1, en el que el espesor del sustrato o núcleo de film plástico

(1) está comprendido entre 10 y 40 µm.

3. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que el espesor del recubrimiento, una vez seco, está entre 1 y 3 µm.

4. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que el contenido en sólidos está entre 70 y 95% en función del grado de tacto suave que se pretende obtener.

5. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que la dispersión base liquida comprende además un adhesivo (primer) especifico para láminas plásticas, con objeto de mejorar la adherencia al substrato plástico y/o la dureza del film para laminación.

6. Uso de un film según la reivindicación 5, en el que el adhesivo es una dispersión alifática de uretano.

7. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que la dispersión base liquida comprende además un endurecedor del tipo cadenas de polímeros con enlaces cruzados ( crosslinkers ) y/o otras resinas plásticas que actúan como ligantes ( binders ), comprendidas entre 0 y 70% en peso, que sirven de base y soporte a la resina de poliuretano y permiten obtener el grado de tacto suave y mate deseado.

8. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones anteriores, en el que, en la cara del film opuesta al recubrimiento, se aplica una resina auto-adherente (3) a base de polietileno (PE), etil vinil acetato (EVA), etileno acrilato de butilo (EBA), etileno acrilato de metilo (EMA) y/o etileno acrilato de etilo (EEA), para su fijación al soporte gráfico mediante adhesión por aplicación de calor, de tal modo que se consigue un acabado seco.

9. Uso de un film según una cualquiera de las reivindicaciones

D) Brilloworld es una compañía española constituida en el año 1990 dedicada igualmente a la comercialización de films para las artes gráficas, embalajes flexibles y etiquetas.

E) Brilloworld comercializa con el nombre de Velvet un film para la laminación de soportes gráficos.

F) Mediante burofax de fecha 5 de septiembre de 2011 la actora Derprosa requirió a Brilloworld para que cesara en la comercialización de dicho film, ya que, a su entender, infringía la patente ES'241, requerimiento que fue rechazado por Brilloworld alegando la nulidad de la patente y las diferencias entre el producto reivindicado y el comercializado

.

TERCERO

Sobre la alegación de pérdida sobrevenida del objeto del proceso

  1. La actora no niega el hecho nuevo que cita el recurso, esto es, que la patente ES'241 ha sido declarada caducada por falta de pago de la cuarta anualidad de tasa, pero no admite que de ello se desprenda el efecto jurídico pretendido por la parte, esto es, la pérdida sobrevenida del objeto del proceso, por cuanto los efectos de esa caducidad, que afirma que no es aún firme, ya que la tiene recurrida, se producirían a partir del día 20 de febrero de 2012, esto es, después de la interposición de la demanda, que es de 3 de febrero de...

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