SAP Madrid 768/2014, 14 de Julio de 2014

PonenteJESUS FERNANDEZ ENTRALGO
ECLIES:APM:2014:14638
Número de Recurso1046/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución768/2014
Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA

ORDEN JURISDICCIONAL PENAL

PROCESO POR DELITO

RECURSO DE APELACIÓN

NÚMERO

1046

AÑO

2014

Sección nº 17 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934442,4443,4430

Fax: 914934563

L 914934564

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0019578

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA

ORDEN JURISDICCIONAL PENAL

RECURSO DE APELACIÓN

NÚMERO Y AÑO 1046/2014

DILIGENCIAS PREVIAS

NÚMERO Y AÑO 1626/2013

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD Y NÚMERO MADRID 26

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

NÚMERO Y AÑO 0089/2014

JUZGADO DE LO PENAL

LOCALIDAD Y NUMERO MADRID 14 MAGISTRADOS : Ilustrísimos Señores:

Doña Carmen Lamela Díaz

Don Jesús Fernández Entralgo

Don José Luis Sánchez Trujillano

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A

NÜMERO 768/2014

En la Villa de Madrid, a catorce de julio del dos mil catorce.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados Doña Carmen Lamela Díaz, Don Jesús Fernández Entralgo y Don José Luis Sánchez Trujillano, ha visto el recurso de apelación número 1046 del 2014, interpuesto porel Ministerio Fiscal, por el Procurador de los Tribunales Don Francisco-Inocencio Fernández Martínez, en nombre y representación procesal de Amadeo Ruperto, por el Procurador de los Tribunales Don Pablo Rivas Blanco, en nombre y representación procesal de Angel Anibal y Caridad Benita, y el Procurador de los Tribunales Don JoséLuis Rodríguez Pereita, en nombre y representación procesal de Manuela Lorenza, contra la sentencia número 122/14, dictada, con fecha veintiuno de abril del dos mil catorce, en Juicio Oral por Procedimiento Abreviado número 89 del 2014, del Juzgado de lo Penal número 14 de los de Madrid.

Las mismas partes apelantes intervinieron asimismo como apeladas.

El Ilustrísimo Señor Magistrado Don Jesús Fernández Entralgo, actuó como Ponente, y expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha veintiuno de abril del dos mil catorce, se dictó sentencia 122/14, en Juicio Oral por Procedimiento Abreviado número 89 del 2014, del Juzgado de lo Penal número 14 de los de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Expresa y terminantemente se declara probado que Angel Anibal quien también utiliza e! nombre de Nemesio Nicanor, nacional de Colombia con pasaporte NUM000 -libreta n° NUM001, con residencia legal en España, con numero de ordinal de informática NUM002, mayor de edad con antecedentes penales no computables, Caridad Benita, quien también utiliza el nombre de Marta Dolores, nacional de Colombia con pasaporte NUM003 -libreta NUM004, con numero de ordinal de informática NUM005, en situación regular en España, mayor de edad y sin antecedentes penales ; Amadeo Ruperto, nacional de Colombia con numero de ordinal de informática NUM006, con residencia legal en España, mayor de edad y sin antecedentes penales, Dionisio Gerardo nacional de Guatemala con numero de ordinal de informática NUM007, en situación irregular en España, mayor de edad y sin antecedentes penales, y Manuela Lorenza quien también utiliza el nombre de Guillerma Pilar y Zulima Frida, nacional de Ecuador con numero con numero de ordinal informático NUM008, en situación irregular en territorio español, mayor de edad y ejecutoriamente condenada en sentencia de fecha de 24 de julio de 2007, firme el 24 de julio de 2008, dictada por el Juzgado de lo penal 19 de Madrid, ejecutoria 2098/08, como autora de un delito de robo con violencia e intimidación del art 242 del CP a la pena de 2 años de prisión, y por sentencia firme de 7 julio de 2010 por el delito del art 384 del CP cometido el 17 de mayo de 2011, actuando con el ánimo de establecer una alianza entre ellos al margen de la ley, se concertaron con anterioridad al 19 de marzo de 2013 para, todos ellos en unión para cometer delitos, realizando indistintamente labores de vigilancia de locales susceptibles de asalto, efectuando además Amadeo Ruperto labores de transporte y Dionisio Gerardo y Angel Anibal labores de asalto

De este modo, actuando con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento patrimonial, sobre las 15:30 horas del día 19 de marzo de 2013 llegaron a la calle Arroyo Bueno de Madrid a bordo del vehículo marca Daewoo con matrícula .....NHN conducido por el acusado Amadeo Ruperto . Tras bajarse del coche y a

fin de asegurar el éxito de la acción emprendida, Amadeo Ruperto se quedo vigilando junto al coche y las acusadas Manuela Lorenza y Caridad Benita se situaron vigilantes en los alrededores del inmueble situado en el numero NUM009, mientras los acusados Angel Anibal y Dionisio Gerardo, tras llamar al telefonillo del inmueble del numero NUM009, entraron y subieron hasta el piso NUM010 puerta NUM011

, donde se ubica el domicilio particular en calidad de arrendataria de Roque Gines (que nada reclama), quienes estaban momentáneamente ausentes, y tras romper, extraer y hacer suya parte de la cerradura de la puerta de entrada, usando las herramientas de cerrajería que llevaba en una mochila el acusado Angel Anibal, accedieron al interior del mismo donde hicieron suyos un ordenador portátil, un bolso, una caja Gucci conteniendo un monedero Gucci y 8 tarjetas, 2 Nintendo, un cargador de lphone, un collar y un colgante, cerradura y efectos que guardaron en una bolsa portada por el acusado Dionisio Gerardo a la salida .

Tras ello salieron del inmueble y fueron hasta el cruce de la Avenida Real de Pinto con calle Plata en Madrid, donde les esperaban Amadeo Ruperto, Manuela Lorenza y Caridad Benita realizando labores de vigilancia, y tras subirse todos los acusados a bordo del referido vehículo matricula .... LQD, huyeron del lugar siendo conducido el coche por Amadeo Ruperto .Inmediatamente fueron seguidos por la policía que en labores de vigilancia presenció lo ocurrido, quienes les perdió de vista en la M 30, siendo posteriormente encontrados de nuevo, interceptados y detenidos en la Plaza Fernández Ledrada de Madrid, procediendo entonces agentes de la policía Nacional a su cacheo personal e identificación, momento en el que hallaron en poder de Caridad Benita un pasaporte de la Republica de Guatemala con numero NUM012 en el que, ella misma o través de terceras personas a quienes facilitó en todo caso su fotografía, habla escrito el nombre de Marta Dolores, como titular del mismo, un par de guantes de color negro, una tarjeta bancaria 4918400047803478, un teléfono móvil, una ganzúa metálica y diversas joyas .A Angel Anibal le encontraron 3 teléfonos móviles, 40 euros y 4 dólares . A Dionisio Gerardo un pasaporte de la Republica de Guatemala con numero NUM013 en el que, con plena conciencia y voluntad de animo mendaz, él mismo o a través de terceras personas a quienes facilitó en todo caso su fotografía, había sustituido la fotografía original por la suya mostrando dicho documento para identificarse .A Amadeo Ruperto se le interviene 10 libras esterlinas, 100 pesos colombianos y un yen chino, a Manuela Lorenza se le intervienen 35 libras, un billete de 50 euros, un teléfono móvil, una ganzúa metálica y diversas joyas, entre ellas el collar y colgante sustraído en el domicilio antes referido .

En el registro efectuado por la policía del vehículo Daewoo matricula .... LQD se hallaron una bolsa negra que había portado el acusado Nemesio Nicanor, y en cuyo interior estaban escondidos un ordenador portátil, un bolso, una caja GUCCI conteniendo un monedero Gucci y 8 tarjetas, dos Nintendo, un cargador lphone sustraídos en el domicilio antes mencionado, tres bolsas conteniendo una caja, y la mochila que había portado el acusado Angel Anibal con las herramientas y útiles relacionadas en los folios 66 a 69, mas 89 y 90 de la causa, entre ellas unos alicates, dos bragadas, unas gafas de sol, dos bufandas, 5 gorros, dos pares de guantes, una peluca y útiles de cerrajería .

Posteriormente y en virtud de auto de fecha 19 de marzo de 2013 dictado por el Juzgado de Instrucción 23 de Madrid en las Diligencias Previas 1829 /2013 se llevo a cabo el día 20 de marzo de 2013, la entrada y registro en el domicilio situado en la CALLE000 numero NUM014 piso NUM015 puerta NUM016 de Madrid, donde residían los acusados Angel Anibal y Caridad Benita en cuyo transcurso se .encontraron los siguientes efectos :

un pasaporte de la Republica de Guatemala con numero NUM017 y libreta NUM018 a nombre de Nemesio Nicanor en el que, con plena conciencia y voluntad y ánimo mendaz, el acusado Angel Anibal, por si mismos o través de tercero a quien entrego en todo caso su fotografía, había sustituido la fotografía original del titular por la suya confeccionando el fondo de seguridad mediante impresora de inyección de tinta, habiendo superpuesto una página junto al hilo de cosido .

fotocopias del pasaporte de la republica de Guatemala con la fotografías de Angel Anibal .

envíos de ingresos en efectivo realizados por Marta Dolores -una licencia de conducir de Guatemala con numero NUM019 a nombre de Eulogio Bartolome en la que con plena conciencia y voluntad y animo mendaz, Angel Anibal, por si mismo a o través de un tercero a quien facilito en todo caso su fotografía,había sustituido la

fotografía original del titular por la suya y realizado una cumplimentación mendaz mediante un sistema de impresión distinto al genuino en el resto de datos

una cartilla de Bancaja a nombre de Nemesio Nicanor con n° NUM020 . - una licencia de conducir de Guatemala con numero NUM021 a nombre de Julian Torcuato en la que, con plena conciencia y voluntad, y...

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