SAP Murcia 684/2014, 27 de Noviembre de 2014

PonenteFRANCISCO JOSE CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2014:2373
Número de Recurso795/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución684/2014
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00684/2014

Sección Cuarta

Rollo de Sala 795/2014

ILMOS. SRES.

D. CARLOS MORE NO MILLÁN

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. JUAN ANTONIO JOVER COY

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a veintisiete de noviembre del año dos mil catorce.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Modificación de Medidas en procedimiento de Familia que con el número 1034/13 se ha se seguido en primera instancia ante el Juzgado Civil número Nueve (Familia 2) de Murcia entre las partes, como actora, no personada en esta segunda instancia, Dª. Melisa, representada por la Procuradora Sra. Barceló Pérez y defendida por el Letrado Sr. Javaloy Mateo, ambos del turno de oficio, y como demandado y ahora apelante

D. Olegario, representado por la Procuradora Sra. Navas Carrillo y defendido actualmente por el Letrado Sr. Maza de Ayala. En ambas instancias interviene el Ministerio Fiscal al amparo de su Estatuto, en esta alzada como apelado, siendo ponente don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado con fecha 23 de junio de 2014 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por doña Melisa contra don Olegario, debo declarar y declaro procedente la modificación interesada en los siguientes términos, sin hacer expresa condena en las costas de esta instancia: La patria potestad será compartida. El/los hijo/s menor/es quedará/n bajo la guardia y custodia de la madre, estableciéndose a favor del otro cónyuge un derecho-deber de visitas y estancias durante los fines de semana alternos, desde la salida del colegio (o desde las 17 horas si fueren vacacionales) el viernes hasta las 20 horas del domingo. Se establece en concepto de alimentos para la progenie la cantidad de 300 euros, la cual será satisfecha exclusivamente por el marido entre los días uno y cinco de cada mes y por anticipado, cantidad que será actualizada anualmente conforme a las variaciones del IPC, de manera automática y sin necesidad de nuevo pronunciamiento judicial (primera actualización 1º de julio de 2015); sin perjuicio de que los gastos extraordinarios sean satisfechos por mitad. Dicha cantidad se entiende debida desde la presentación de la demanda. Los gastos extraordinarios deberán ser consensuados por ambos progenitores, debiendo se notificados previamente a su realización (salvo urgencia inaplazable), entendiéndose aceptados si el contrario no se opusiera en los diez días siguientes. En caso de discrepancia cualquiera de las partes podrá acudir el arbitrio judicial. El impago de la pensión determinará, en ejecución de sentencia, el embargo periódico del salario o prestación que perciba el obligado".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación D. Olegario, solicitando su revocación total o parcial.

Después se dio traslado a las otras partes, y sólo el Ministerio Fiscal presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número de Rollo 795/14. Tras personarse las partes, por providencia del día 3 de noviembre de 2014 se señaló el de hoy para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

TERCERO

En la sustanciación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª. Melisa plantea demanda de modificación de algunas de las medidas establecidas en el anterior procedimiento de medidas sobre hijos menores, en concreto para que se dejara sin efecto el régimen de custodia compartida sobre el hijo común menor de edad y se concediera a la madre la custodia exclusiva, ante los reiterados incumplimientos del padre, fijándole una pensión de alimentos para el menor de 400 # mensuales.

Se opone el demandado sosteniendo que no se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias que determinaron la custodia compartida, por lo que debe ser desestimada la demanda, con costas a la actora.

Tras la celebración del juicio y la práctica de las pruebas, incluidas las posteriores al juicio, que dio lugar a que el demandado y el Ministerio Fiscal formularan conclusiones por escrito, se dictó sentencia por la que se estima parcialmente la demanda, sin imposición de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
19 sentencias
  • SAP Alicante 360/2018, 17 de Julio de 2018
    • España
    • 17. Juli 2018
    ...obstruccionista desplegada no puede sino resolverse en contra, tal y como establecen los arts. 217 y 307 de la LEC( SAP Murcia,secc 4ª, de 27 de noviembre de 2014). Partiendo de las anteriores consideraciones, y aún aceptando que el gasto medio escolar de los menores sea el que expone la re......
  • SAP Alicante 316/2022, 20 de Junio de 2022
    • España
    • Audiencia Provincial de Alicante, seccion 9 (civil)
    • 20. Juni 2022
    ...obstruccionista desplegada no puede sino resolverse en contra, tal y como establecen los arts. 217 y 307 de la LEC ( SAP Murcia, secc 4ª, de 27 de noviembre de 2014). En el presente supuesto, a la vista de lo antes expuesto, consideramos que la madres es únicamente perceptora de unos ingres......
  • SAP Alicante 350/2017, 27 de Septiembre de 2017
    • España
    • 27. September 2017
    ...obstruccionista desplegada no puede sino resolverse en contra,tal y como establecen los arts. 217 y 307 de la LEC ( SAP Murcia,secc 4ª, de 27 de noviembre de 2014 ). En el caso enjuiciado el demandado se limitó a manifestar al contestar a su demanda que se había dado de baja como autónomo,a......
  • SAP Alicante 86/2017, 27 de Febrero de 2017
    • España
    • 27. Februar 2017
    ...obstruccionista desplegada no puede sino resolverse en contra, tal y como establecen los arts. 217 y 307 de la LEC ( SAP Murcia, secc 4ª, de 27 de noviembre de 2014 ). Por otra parte, afirma el demandado que la esposa trabaja y que lo hace de manera regular, aunque únicamente concreta que s......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR