SAP Valencia 265/2014, 26 de Septiembre de 2014

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2014:4442
Número de Recurso308/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución265/2014
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000308/2014

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 2 6 5

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as

Dª PILAR CERDAN VILLALBA

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

En la Ciudad de Valencia, a Veintiseis de septiembre de dos mil catorce.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000609/2012, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE SAGUNTO, entre partes; de una como demandado/s - apelante/s Carlos Miguel, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. FRANCISCO ALMENAR PINEDA y representado por el/la Procurador/ a D/Dª VICENTE ADAM HERRERO, y de otra como demandante/s - apelado/s Luis Pablo, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN NAVARRO GOMEZ y representado por el/la Procurador/a D/Dª VICENTE CLAVIJO GIL.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE SAGUNTO, con fecha once de noviembre de dos mil trece, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: ESTIMO la demanda presentada por la Procurador Sr D. Vicente Clavijo Gil, en representación de D. Luis Pablo, contra D. Carlos Miguel y CONDENO a D. Carlos Miguel a abonar al actor la suma de 6.606,75 #, más losintereses legales y costas del procedimiento conforme al fundamento cuarto de esta resolución judicial".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada, Sr. Carlos Miguel, se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día diecisiete de septiembre de dos mil catorce para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que estima la demanda formulada por el Sr. Luis Pablo contra el Sr. Carlos Miguel y le condena a devolver la cantidad prestada de 6.000 euros más 606,57 euros de intereses, recurre el mismo que alega la excepción de falta de legitimación activa, defecto legal al modificar la demanda en relación al previo juicio monitorio y la existencia de donación y no de préstamo. La parte demandante se opuso a la estimación del recurso.

SEGUNDO

Tras valorar en su conjunto la prueba practicada en la instancia, esta Sala comparte íntegramente la decisión de la juzgadora de instancia y ello base a las siguientes consideraciones :

Según el art. el Art. 217 de la LEC, a la parte actora incumbe probar la certeza de los hechos de los que ordinariamente se desprenda, según las normas jurídicas a ellos aplicables, el efecto jurídico correspondiente a las pretensiones de la demanda o de la reconvención, y a la demandada la de los que impidan extingan o enerven la eficacia de los primeros.

Desde esta perspectiva y en orden a la legitimación del demandante, coincidimos con la...

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