SAP Pontevedra 43/2015, 6 de Febrero de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:2015:134
Número de Recurso689/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución43/2015
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00043/2015

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 689/14

Asunto: LIQUIDACION SOCIEDAD GANANCIALES 108/14

Procedencia: PRIMERA INSTANCIA NÚM. 1 CAMBADOS

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, COMPUESTA POR LOS ILMOS MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTÉBANEZ

D. MANUEL ALMENAR BELENGUER

D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO,

HA DICTADO

EN NOMBRE DEL REY

LA SIGUIENTE

SENTENCIA NUM.43

En Pontevedra a seis de febrero de dos mil quince.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de liquidación sociedad gananciales 108/14, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 Cambados, a los que ha correspondido el Rollo núm. 689/14, en los que aparece como parte apelantedemandante: D. Modesto, representado por el Procurador D. RAQUEL SANTOS GARCIA, y asistido por el Letrado D. ENRIQUE DE LA TORRE RODRÍGUEZ, y como parte apelado-demandado: D. María Purificación, representado por el Procurador D. FERNANDO GUILLAN PEDREIRA, y asistido por el Letrado

D. CLARA MARIA BEIRO CALVO, y siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 Cambados, con fecha 10 octubre 2014, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

Se APRUEBA el inventario de la sociedad de gananciales habida entre Don Modesto representado por Doña RAQUEL SANTOS GARCIA y bajo la asistencia letrada de Don Enrique de la Torre frente a Doña María Purificación representada por Don FERNANDO GUILLAN PEDREIRA y bajo la asistencia letrada de Doña Clara Beiró, que es el siguiente:

ACTIVO 1.Vehículo Mitsubishi L-200 Pickup del año 2000 con matrícula YI-....-YH .

2.Vehículo Mercedes 190, 2.5 matrícula LA-....-IM

3.Barco Poikea 550

4.Ajuar doméstico: menaje de cocina, vajilla Suomi y juego de maletas de piel.

5.Libros

6.Mueble: estanterías bricolaje biblioteca, niñas, niño y lavandería; mesa bricolaje ordenador; piano; dos estanerías de pino; mueble del teléfono; arcón salón pino; patas de mesa de ordenador estudio; dos armarios archivadores; fluorescentes estudio, sótano y pecera; pareja de sillones verdes; dos sillones cama; y mesa tecnígrafo pecera.

7.Herramientas: banco de trabajo bricolaje; rebarbadora (20 años); compresor (15 años); desbrozadora (20 años); taladro Bosch; miniamoladora; 2 machadas y 2 grifas; polipasto; cepillo eléctrico; herramientas varias; ingletadora; sulfatadora y lámpara taller.

8.Electrodomésticos cocina: frigorífico dos puertas; lavavajillas; horno; horno microondas; cocina de gas; cocina vitrocerámica; lavadora; secadora; plancha cerámica para asar; robot cocina amarillo.

9.Equipos informáticos: ordenador; pantalla de ordenador; impresora; impresora de planos; cortadora de planos; reproductor DVD y DVDs; tapa cristal mesa ordenador estudio.

10.Saldo existente en la cuenta corriente de Caixa Nova, titularidad de Don Modesto a fecha 15 de diciembre de 2004, de 989,5 euros.

11.Saldo eixstente en la cuenta corriente de Banco Caixa Geral, titularidad de Don Modesto a fecha 15 de diciembre de 2004, de 16,11 euros.

12.Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente al esposo, por el aumento del valor de las fincas privativas del mismo nº NUM000 y NUM001 del P.E.I 13 de Sanxenxo, por el aumento de valor de dicho terreno debido a la construcción de la vivienda, actualizado a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

PASIVO

1.Derecho de crédito de la esposa por el importe actualizado de 24.000 euros invertidos en la construcción de la vivienda familiar.

No se formula condena en costas.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por D. Modesto, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala para la resolución de este recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el presente proceso de liquidación de la sociedad de gananciales de los esposos separados don Modesto y doña María Purificación en su fase de formación de inventario, recurre en apelación el esposo la sentencia de instancia que aprueba el inventario de la sociedad conyugal.

En el recurso de apelación, el esposo recurrente limita su impugnación a las dos siguientes partidas del inventario:

  1. -Partida 12 del Activo. Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente al esposo, por el aumento del valor de las fincas privativas del mismo nº NUM000 y NUM001 del P.E.I 13 de Sanxenxo, por el aumento de valor de dicho terreno debido a la construcción de la vivienda, actualizado a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

  2. -Partida 1 del Pasivo. Derecho de crédito de la esposa por el importe actualizado de 24000 euros invertidos en la construcción de la vivienda familiar.

SEGUNDO

En su escrito de interposición de recurso de apelación, el esposo recurrente, con relación a las partidas impugnadas, viene a interesar: 1.-Que se suprima la partida...

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