SAP Cádiz 10/2015, 28 de Enero de 2015

PonenteMARIA DEL CARMEN GONZALEZ CASTRILLON
ECLIES:APCA:2015:153
Número de Recurso256/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución10/2015
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

Sección Octava

S E N T E N C I A N° 10 / 2015

ILMA SRA.

PRESIDENTE :

Dª. LOURDES MARIN FERNANDEZ

ILMO SRES.

D. IGNACIO RODRÍGUEZ BERMÚDEZ DE CASTRO

Dª CARMEN GONZALEZ CASTRILLON

APELACION ROLLO CIVIL 256/14-C

Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jerez

JUICIO ORDINARIO 718/13

En la Ciudad de Jerez de la Frontera, a veintiocho de enero de dos mil quince.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuestos contra la sentencia dictada en autos de JUICIO ORDINARIO 718/13 del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jerez de la Frontera, recurso que fue interpuesto por Dª Milagros, representada por el Procurador D. EDUARDO FREIRE CAÑAS y asistida del Letrado D. VICENTE TOBAR SABIO ; siendo parte apelante la entidad CONSTRUCCIONES J.P. FULDA, S.A. y Jose Enrique, representados por el Procurador D. MANUEL AGARRADO LUNAS y asistidos del Letrado D. JULIO ORTEGA RIVAS, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Ilma. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jerez de la Frontera dictó sentencia el día 31 de marzo de 2014, cuyo Fallo literalmente dice: "Desestimo la demanda presentada por DÑA. Milagros contra D. Jose Enrique y CONSTRUCCIONES J.P. FULDA S.A. condenando a la parte actora al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Dª. Milagros, y admitido el recurso, se dio traslado del mismo a la parte contraria, quien procedió a oponerse al mismo, y se elevaron las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

Recibidas las actuaciones se le dio el trámite pertinente quedando pendiente la resolución de los mismos.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARMEN GONZALEZ CASTRILLON, quien expresa el criterio del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- La sentencia apelada ha desestimado los pedimentos de la demanda presentada por Dª Milagros contra Jose Enrique y Construcciones J.P. Fulda S.A. con imposición de las costas procesales a la parte actora.

Frente a dicho pronunciamiento se alza la parte actora invocando como motivo de recurso el error en la valoración de la prueba. Sostiene que la difusión de una supuesta situación de morosidad no puede escudarse en que ésta sea veraz o no o en si los términos en los que se hizo eran educados o no. Añade que se le ha señalado ante sus subordinados como morosa, por ello su reputación se ha visto desmerecida, viéndose mermada su apreciación como persona y como jefa. Afirma que el considerar que la veracidad del contenido del e-mail elimina cualquier vulneración del derecho al honor es contrario a la legislación protectora.

El Tribunal asume y comparte en su integridad los razonamientos fácticos y jurídicos de la sentencia apelada. Consideramos que los medios de prueba han sido valorados con...

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