SAP Cádiz 88/2015, 22 de Abril de 2015

PonenteJOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
ECLIES:APCA:2015:289
Número de Recurso510/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución88/2015
Fecha de Resolución22 de Abril de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION SEGUNDA

S E N T E N C I A NÚM. 8 8

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ

Dª . CONCEPCION CARRANZA HERRERA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE CADIZ

JUICIO ORDINARIO Nº 621/13

ROLLO DE SALA Nº 510/14

En Cádiz, a veintidós de abril de dos mil quince.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Sres. reseñados al margen, ha visto el Rollo de apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el citado Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio Ordinario 621/13 referido.

Como parte apelante ha comparecido el Sr. Procurador Don Antonio Cervilla Puelles en nombre y representación de Doña Purificacion, bajo la dirección jurídica del Letrado Don Miguel Leo Atienza.

Como parte apelada ha comparecido la Sra. Procuradora Doña Clara García-Agulló Fernández en nombre y representación de Doña Aurora, HISPANIA QUIRURGICA SLP Y AMA., bajo la dirección jurídica del Letrado Don Miguel Fernández-Melero Enríquez.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES, conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Cádiz se dictó Sentencia el 8 de

julio de 2014 en el procedimiento del margen, cuyo Fallo es del tenor siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cervilla de Puelles en nombre y representación de Dña. Purificacion, contra Hispania Quirúrgica, Dña. Aurora y Seguros AMA debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos contra ellos deducidos. Las costas se imponen a la actora."

SEGUNDO

Formulado recurso de apelación contra la Sentencia de instancia, por la representación de Doña Purificacion, se dio traslado por diez días, presentando escrito de oposición Hispania Quirúrgica, Dña. Aurora y Seguros AMA, siendo emplazadas las partes por diez días para ante esta Audiencia Provincial. Una vez recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, se turnaron a esta Sección, acordándose la formación del oportuno Rollo para conocer del recurso y la designación de Ponente, Diligencia de Ordenación notificada a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Juez de la instancia desestima la demanda de reclamación de cantidad por intervención

quirúrgica, interponiendo Recurso de apelación la parte demandante que lo fundamenta en errónea valoración de prueba.

SEGUNDO

La demanda se dirige contra la mala praxis de la cirujana, doña Aurora, incumplimiento del contrato de prestación de servicios médicos de la entidad Hispania Quirúrgica, y frente a la entidad aseguradora de la medico demandada AMA, al realizarse en la demandante una mamoplastia reductora y abdominoplastia que provocó nueva intervención al año siguiente para el retoque de las cicatrices y elevación del pecho.

TERCERO

¿Ha existido relación causal en la intervención de la médico y el resultado obtenido en las operaciones?

La parte demandante no prueba esta relación causal entre la acción y el resultado conforme al número 3 del artículo 217 de la LEC . La parte demandante debe probar los hechos en que fundamenta su pretensión procesal.

La parte demandada aporta dos informes periciales de dos especialistas que acreditan que la intervención de la médico demandada ha sido la correcta y adecuada, habiéndose advertido a la paciente, a través de los consentimientos informados, la existencia de estos riesgos. Al no existir esta negligencia en...

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