SAP Huelva 271/2010, 27 de Septiembre de 2010

PonenteJESUS FERNANDEZ ENTRALGO
ECLIES:APH:2010:1436
Número de Recurso220/2010
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución271/2010
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCIÓN PRIMERA

JURISDICCIÓN PENAL DE MENORES

RECURSO DE APELACIÓN

NÚMERO Y AÑO 0220/2010

NÚMERO Y AÑO DEL EXPEDIENTE 0184/2009

JUZGADO DE MENORES

LOCALIDAD Y NÚMERO HUELVA 1

MAGISTRADOS : Ilustrísimos Señores:

Don Jesús Fernández Entralgo (Presidente)

Don Santiago García García

Don Francisco Bellido Soria

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva, en la causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A

REGISTRO GENERAL

NÚMERO

En la Ciudad de Huelva, a veintisiete de septiembre del dos mil diez.

La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados Don Jesús Fernández Entralgo (quien la preside), Don Santiago García García y Don Francisco Bellido Soria, ha visto el recurso de apelacióninterpuesto por el Ministerio Fiscal y por Olga (representada procesalmente por la Procuradora de los Tribunales Doña Cistrina Jiménez Martín), por Jose Francisco y Juan Pedro (representados procesalmente por los Abogados Don José-Luis González Manzanal y Don Fidel Columé Hernández), por Aureliano, representado procesalmente por el Procurador de los Tribunales Don Rafael García Oliveira, y por Dimas y Fructuoso, representados procesalmente por el Abogado Don Andrés Aguilera Herrera) contra la sentencia número 53 del 2010, dictada, con fecha siete de mayo del dos mil diez, en Expediente número 184 del 2009, del Juzgado de Menores de Huelva .

El Ilustrísimo Señor Magistrado Don Jesús Fernández Entralgo, actuó como Ponente, y expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha siete de mayo del dos mil diez, se dictó sentencia número 53 del 2010, en Expediente número 184 del 2009, del Juzgado de Menores de Huelva .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

... 1°.- En la localidad de Isla Cristina, provincia de Huelva, en hora no determinada de la madrugada del día 18 de julio de 2.009, cuando se celebraban las fiestas locales en honor a la Virgen del Carmen, la menor Olga, de trece años de edad, se encontraba acompañada de varias amigas en el recinto ferial cuando entabló conversación con Jose Francisco -alias " Virutas "- e Aureliano, " Millonario " y que llevaba una gorra, ambos de 17 años de edad, y a quienes acompañaban Juan Pedro de 15 años -conocido como Topo " o " Pelosblancos ", Dimas " Cachas ", también de 15 años, y su primo Fructuoso " Mangatoros ", de 14 años de edad, así como Luis Manuel y Alexander, éstos de 13 años de edad.

Olga, después de haber hablado sobre si "la chupaba" se fue con' Aureliano y con Jose Francisco a un lugar descampado en la zona de playa conocido como "las maderitas" que tiene unas pasarelas de madera sobre la arena, unas escaleras y un puente de madera elevado sobre una lengua de agua, "el laguito", y que vuelve a descender después en una zona de playa que también a modo de lengua de arena se sitúa allí.

Para ello se había acercado andando con aquéllos dos por las calles próximas mientras que su grupo de amigas y el grupo de amigos de aquéllos también se dirigían hacia el lugar conociendo Olga a los mencionados excepto a Aureliano . Al llegar al inicio del paseo las amigas de Olga le dijeron que ellas se marchaban y Olga les contestó que se quedaba y que la acompañarían los chicos ya que eran amigos suyos. Las amigas se marcharon y Dimas " Cachas " y Mangatoros subieron hacia el puente, Luis Manuel y Alexander se escondieron entre unos matorrales y Topo se mantuvo cercano a Olga, Jose Francisco e Aureliano . En un momento determinado Dimas y Mangatoros se acercaron así como Fructuoso, Luis Manuel y Alexander comprometiendo a Olga a que "se la chupara" a todos ellos pues anteriormente habían hablado en el recinto ferial de si ella "la chupaba". Olga hizo entonces felaciones a Aureliano, a Jose Francisco, a Topo, Dimas y Mangatoros presionada por lo numeroso del grupo y lo apartado del lugar sin que hubiera nadie a quien pedir ayuda al haberse marchado sus amigas. Después fue también penetrada vaginalmente por uno de ellos mientras el resto miraba, y finalmente Aureliano se masturbó eyaculando y echando el semen sobre el vestido, la cabeza y el cuello de Olga . Mientras que sucedieron estos actos sexuales los componentes del grupo indistintamente tocaban a Olga diversas zonas de su cuerpo.

Como quiera que Olga tenía que haber regresado a su casa mucho antes y eran las cinco de la madrugada el compañero de su madre salió a buscarla, encontrándola por la calle y llevándosela a casa. Alí su madre le preguntó sin que Olga contara nada de lo sucedido. Entrado el día su madre comentó a su hermana Gema de veinte años que Olga había regresado a las cinco de la mañana, y ésta descubrió que la cama de Olga y ella misma estaban llenas de arena y que tenía hematomas en los brazos preguntando a Olga y diciéndole ésta que se había peleado con las amigas por lo que Gema llamó por teléfono a una de las amigas que habían estado con ella para pedirles explicaciones.

En la tarde de ese mismo día Olga bajó a un quiosco próximo en donde conversó con la menor de 16 años Coraima a la que le contó que la habían violado; momentos después llegó su hermana Gema y Coraima le reveló que Olga había sido violada.

2°.- Entonces Olga acompañada al menos de su madre y su hermana compareció en las dependencias de la Guardia Civil de Isla Cristina a las 17:00 horas del 18 de julio de 2009 a fin de presentar denuncia siendo explorada a presencia de su hermana Gema y manifestando la menor, faltando deliberadamente a la verdad, que aquél día cuando decidió volver a su domicilio ... en un callejón la cogieron siete chicos que le dijeron que se fuera con ellos a la playa a lo que ella se negó y que entonces la cogieron por los brazos dos de los siete y ejerciendo fuerza la condujeron hasta la ... Playa de la Punta debajo del puente, donde la tiran al suelo... rodeándola, que el de la gorra ( Aureliano ) y el Virutas ( Jose Francisco ) bajaron los pantalones y la instaron a que a uno de ellos "se la chupase" a lo que ella se negó ...la sujetaron los brazos y la bajaron la braga y ... Jose Francisco Virutas se echó sobre ella y la penetró a la fuerza... otro de los individuos se masturbó y arrojó sobre ella el semen, impregnándola el pelo y el cuello. ... Que el de la gorra ( Aureliano ) es quien la sujetaba mientras Virutas la violaba..., después y durante bastante tiempo estuvo sufriendo vejaciones y burlas ... que la tocaron por todas partes del cuerpo, que la cogieron de la cabeza y la obligaban a que se la chupase pero que ella se resistió. Tras la práctica de otras diligencias y declaraciones los agentes de la Guardia Civil que instruyeron el atestado citaron de nuevo a Olga ante las contradicciones que observaron y en esa segunda manifestación, también prestada a presencia de su hermana Gema a las 22:20 horas del mismo día 18 de julio, reconoció que no había sido llevada por la fuerza a la zona de la playa sino que voluntariamente había acompañado a Jose Francisco y a Aureliano hasta la playa, que la llevaban por la cintura y de la mano, y que pudo apreciar que el resto de los chicos se dirigían hacia donde estaban ocultándose . Que cuando acabaron le dijeron que como les denunciara se arrepentiría.

3°. Olga tiene una discapacidad intelectual, estando en el límite de la normalidad (personalidad borderline) que ha sido declarada posteriormente a estos hechos por el Centro de Valoración en un 33% más un 9% de factor social, siendo muy sugestionable y dependiente -lo que no le impide conocer y determinarse con arreglo a sus apetencias en situaciones normales-, y oculta conductas a su madre por temor a los castigos de ésta; había mantenido anteriormente relaciones sexuales consentidas, y siendo de físico agraciada y constitución fuerte, realizaba una vida normalizada acudiendo a la enseñanza reglada con adaptación curricular.

4°.-Al ser examinada por la médico forense en momento inmediatamente posterior a la denuncia presentaba lesiones consistentes en dos excoriaciones paralelas de 7 y 4 cm de longitud en muslo derecho, tres hematomas digitales de 1x1,5 cm en cara interna de la mitad inferior del brazo izquierdo, dos hematomas digitales confluyentes en área de 3x1 cm en cara posterior del tercio inferior del mismo brazo izquierdo, hematoma extenso de 7 cm de diámetro en cara posterior de brazo derecho, hematoma de 4 cm en cara lateral del antebrazo derecho y hematomas en cadera izquierda de 9x7 cm formado por confluencia de dos, así como eritema bilateral por roce en zona de 8x2 cm en caras internas de los muslos sobre otro antiguo de iguales características hiperpigmentadas, compatibles con la data de los hechos denunciados.

No se ha acreditado que la menor sufra estrés postraumático derivado de los hechos relatados....

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

... Que condeno a Jose Francisco, Juan Pedro, Aureliano, Dimas y Fructuoso como autores de hechos que de ser mayores de edad serían constitutivos de un delito de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal, agravado por la especial vulnerabilidad de la víctima por razón de su edad y discapacidad, a las siguientes medidas:

- Jose Francisco, 4 años de ¡nternamiento semiabierto con un período de internamiento efectivo de 36 meses y un último período de libertad vigilada de 12 meses.

- Aureliano, 3 años de internamiento abierto con un período de internamiento efectivo de 24 meses y un último período en régimen de libertad vigilada de 12 meses, medida de internamiento que podría suspenderse y condicionarse al buen cumplimiento de una medida de libertad vigilada de igual tiempo de duración previa...

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