SAP Zaragoza 165/2015, 22 de Mayo de 2015

PonenteMARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ
ECLIES:APZ:2015:1056
Número de Recurso134/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución165/2015
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00165/2015

R. 1342015

SENTENCIA NÚMERO CIENTO SESENTA Y CINCO

Ilmos./a Señores/a:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

Dª María Jesús De Gracia Muñoz

D. Rafael María Carnicero Giménez de Azcárate

En la Ciudad de Zaragoza, a veintidós de mayo de dos mil quince.

Visto por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los/la Magistrados/a del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 11 de febrero de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Zaragoza en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 278/2014, de que dimana el presente Rollo de apelación número 134/2015, en el que han sido partes, apelante, el demandante, D. Valeriano, representado por el Procurador D. David Sanaú Villarroya y asistido por el Letrado D. Javier Hernández García, y, apelada, la demandada, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CDE LA C/ DIRECCION000 NÚMEROS NUM000 - NUM001 - NUM002 - NUM003 DE ZARAGOZA, representada por el Procurador D. Oscar-David Bermúdez Melero y asistida por el Letrado D. Luis-Javier Solana Caballero, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª María Jesús De Gracia Muñoz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª. Instancia Número Catorce de Zaragoza, se dictó sentencia de fecha 11 de febrero de 2015, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que desestimando la demanda planteada por la representación procesal de D. Valeriano contra la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM001 - NUM002 - NUM003 debo absolver y absuelvo a ésta libremente de la pretensión de la parte actora, a quien se imponen las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes se remitieron los autos a este Tribunal el día 22 de abril de 2015, dando lugar a la formación del presente rollo, señalándose para discusión y votación el día 15 de mayo de 2015, en que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El día 12 de septiembre de 2013 la Comunidad de Propietarios demandada adoptó el acuerdo de realizar determinadas obras.

Las obras son las siguientes: reparar pilares de porches; cubierta (opción C, que implicaba impermeabilizar con aislamiento, lámina drenante geotextil y gravilla); reparación antepechos terrazas y pintado y reemplazo de lamas terrazas cocina (opción B, sustitución por abatibles.) A cada una de esas partidas correspondió un importe determinado, y el coste de las obras ascendió a un total de 217.250, 45 euros

La parte actora, propietaria de una vivienda, entendió que algunas de ellas no eran necesarias y formuló demanda solicitando una declaración en ese sentido, así como que no debía contribuir a su pago por exceder su coste del importe de tres mensualidades de cuotas ordinarias.

Tras la oposición de la parte demandada, la sentencia desestima la demanda.

SEGUNDO

La Ley 8/2013 de 26 de junio modificó el art 10 LPH, que establece lo siguiente:

Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

  1. Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del...

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