SAP Albacete 157/2015, 30 de Junio de 2015

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2015:609
Número de Recurso49/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución157/2015
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil nº 49/2015

Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de VILLARROBLEDO. Proc. Ordinario nº 357/13.

APELANTE: FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A.

Procurador: D. José-Ramón Fernández Manjavacas

Letrado: D. Raúl-V. Belloch Cortés

ADHERIDA: TRANSPORTES HELIODORO SANCHEZ

Procuradora: Dª. Estrella Jiménez Baltasar

Letrado: D. Dionisio Pérez Muñoz

S E N T E N C I A NUM. 157-15

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Sres.

Presidente

D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA

Magistrados

D. JOSE GARCIA BLEDA

D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

En Albacete a treinta de junio de dos mil quince.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos de juicio de Procedimiento Ordinario nº 357/13, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Villarrobledo y promovidos por la entidad "Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.L." contra la mercantil "FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A."; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 24 de septiembre de 2014 por la Sra. Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso la referida demandada. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 18 de mayo de 2015.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "

    FALLO

    Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Doña Estrella Jiménez Baltasar en representación de TRANSPORTES HELIODORO SANCHEZ SOBRINO S.L. así como la demanda reconvencional formulada por el Procurador de los Tribunales Don José Ramón Fernández Manjavacas en representación FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A.: 1. Condeno a FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A. a indemnizar a TRANSPORTES HELIODORO SANCHEZ SOBRINO S.L. con la cantidad de cincuenta mil (50.000) euros más intereses legales.- 2. Condeno a TRANSPORTES HELIODORO SANCHEZ SOBRINO S.L. a indemnizar a FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A. con la cantidad de cinco mil ochocientos setenta y nueve euros con treinta y dos (5.879,32) euros más intereses legales.- Todo ello sin expresa imposición de costas.- Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.- Contra esta Sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Albacete, que podrá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados a partir de la fecha de su notificación.-"

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la entidad demandada "FORLACTARIA OPERADORES LECHEROS S.A.", representada por medio del Procurador D. José-Ramón Fernández Manjavacas, bajo la dirección del Letrado D. Raul V. Belloch Cortés, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazadas las partes, por la demandante "TRANSPORTES HELIODORO SANCHEZ SOBRINO S.L.", representada por la Procuradora Dª. Estrella Jiménez Baltasar, bajo la dirección del Letrado D. Dionisio Pérez Muñoz se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito adhiriéndose al recurso de apelación formulado de contrario e impugnando la Sentencia de instancia y, dado traslado de dicha impugnación, la parte contraria se opuso a la misma, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de diez días, compareciendo los mencionados Procuradores en sus respectivas representaciones ya indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

    VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE GARCIA BLEDA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la representación de la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada por la Señora Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Villarrobledo en fecha 24 de Septiembre de 2014 que estimó parcialmente la demanda interpuesta por la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.L en reclamación de 219.925,38 euros contra la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. condenando a esta mercantil a indemnizar a la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.L en la cantidad de 50.000 euros por incumplimiento del contrato combinado de agencia con un contrato de transporte que unía a las partes y asimismo estimando parcialmente la demanda reconvencional formulada por la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. contra la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.A. en reclamación de 8.279,78 euros condenó a la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.A. a indemnizar a la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. en la cantidad de 5.879,32 euros solicitando la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. la revocación de la referida resolución y que se dicte otra desestimando íntegramente la demanda y estimando íntegramente la reconvención.

Segundo

Asimismo por la representación de la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.A. se formula recurso de apelación por adhesión solicitando la revocación parcial de la referida resolución y que se dicte otra que estime íntegramente la demanda y subsidiariamente que se desestime el recurso de apelación formulado por la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. y se confirme la sentencia de instancia en sus propios términos.

Tercero

Alega en esencia la representación de la mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A. como motivos de su recurso:

1) Indeterminación en la pretensión de la demandante la mercantil Transportes Heliodoro Sánchez Sobrino S.L que le produce indefensión a la recurrente mercantil Forlactaria Operadores Lecheros S.A.

2) Infracción del artículo 24 de la CE por vicios de la sentencia en cuanto a incongruencia extra petitum, falta de motivación, error en la valoración y carga de la prueba

3) Infracción del artículo 24 de la CE por indeterminación de la naturaleza de la indemnización y aleatoriedad absoluta en el cálculo de la misma.

4) Error en la aplicación del Derecho en cuanto a la aplicación del contrato de agencia.

5) En cuanto a la reconvención existiría error de hecho en la sentencia.

Cuarto

Alega en esencia la...

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