SAP Valladolid 212/2015, 14 de Julio de 2015

PonenteFELICIANO TREBOLLE FERNANDEZ
ECLIES:APVA:2015:788
Número de Recurso10/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución212/2015
Fecha de Resolución14 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00212/2015

C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: 983 413475

N85850

N.I.G.: 47186 43 2 2014 0079211

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000010 /2015

Delito/falta: TRÁFICO DE DROGAS GRAVE DAÑO A LA SALUD

Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Contra: Baldomero, Tatiana, Belinda

Procurador/a: D/Dª SANTIAGO DONIS RAMON, SANTIAGO DONIS RAMON, SANTIAGO DONIS RAMON

Abogado/a: D/Dª JESUS VERDUGO ALONSO, JESUS VERDUGO ALONSO, JESUS VERDUGO ALONSO

SENTENCIA Nº 212/15

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ILMOS SRS.

D. FELICIANO TREBOLLE FERNÁNDEZ

D. FERNANDO PIZARRO GARCÍA

D. MIGUEL ÁNGEL DE LA TORRE APARICIO.

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En VALLADOLID, a catorce de Julio de dos mil quince.

Vista en juicio oral y público, ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el Procedimiento Abreviado 10/15 dimanante de las DPA 3614/14, procedentes del Juzgado de Instrucción nº 6 de Valladolid, seguidas por delito de tráfico de drogas de los que causan grave daño a la salud, contra Baldomero, Tatiana y Belinda cuyas circunstancias personales ya constan en autos, sin antecedentes penales, las dos ultimas, y con antecedentes el primero, todos ellos representados por el Procurador Santiago Donis Ramón, y defendidos por el Letrado D. Jesús Verdugo Alonso Jesús Verdugo Alonso, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como ponente el Ilmo. Magistrado D. FELICIANO TREBOLLE FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones se instruyeron por un presunto delito de tráfico de drogas de las que causan grave daño a la salud y practicadas las oportunas diligencias, se concluyó la fase de instrucción, dictándole auto de imputación iniciándose la fase intermedia, presentando la acusación y defensa sus conclusiones provisionales, con el dictado de auto de apertura de juicio oral y remisión del procedimiento a la Audiencia Provincial para la fase de enjuiciamiento.

Se convocó a las partes a juicio oral, que se celebró en el día de su fecha, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta levantada al efecto.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de tráfico de drogas de los que causan grave daño a la salud de los artículos 368 del Código Penal concurriendo en Baldomero la agravante de reincidencia del artículo 22 n° 8 del Código Penal y no concurriendo ninguna otra circunstancia modificativa de la responsabilidad penal en las otras dos acusadas, por lo que terminó interesando se impusiese a Baldomero la pena de 6 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 30.000 euros, y a cada una de las otras dos acusadas Tatiana Y Belinda 4 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 20.000 Euros con 200 días de privación de libertad en caso de impago. Interesó así mismo el decomiso del dinero intervenido 8.595 Euros y la destrucción de la droga ocupada.

TERCERO

Por la defensa de los acusados se solicitó la libre absolución de sus patrocinados, al entender que su conducta no era constitutiva de la infracción penal objeto de acusación.

HECHOS PROBADOS

Son hechos probados y así se declaran en virtud de la actividad probatoria realizada en el acto del juicio, que a principio de febrero de 2014, se recibieron en el Grupo VIII de la Brigada Provincial de Policía Judicial, informaciones de vecinos del lugar, de que una pareja que vivía en la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Valladolid se estaban dedicando a la venta de sustancia estupefacientes en el domicilio de dicho inmueble y en los bares del Barrio de la Farola a los efecto de indagar la realidad de tales informaciones establece dicho Grupo VIII un dispositivo de vigilancia observando como acuden a tal inmueble toxicómanos.

Sobre las 20#30 horas del día 14 de febrero de 2014, observan como llega un vehículo a la altura de la DIRECCION000 NUM000, se baja del mismo una persona, llama al timbre del piso NUM001 que era el domicilio de Baldomero y su pareja sentimental Tatiana, le abren la puerta, sube, baja al poco tiempo y ya otra vez en la calle se dirige a su vehículo. Inicia la marcha de este y se encamina a la calle Monte y Martín Baró. Es seguido en todo momento por la policía que procede a pararle en dicha calle, ocupándosele 0,68 gramos de cocaína. Tal persona fue identificada como Blas .

Sobre las 20#40 horas del día 25 de abril de 2014, funcionarios de dicho grupo observan como llega un joven andando a la DIRECCION000 numero NUM000, llama al timbre del NUM001, le abren, sube, baja a los pocos minutos y ya en la calle es seguido en todo momento por la Policía, que le termina interceptando, siendo identificado como Gregorio al que ocupan una envoltorio de plástico con sustancia blanca que resulto se cocaína.

El 2 de mayo de 2014, sobre las 20#20 horas, un joven posteriormente identificado como Obdulio, llego en su coche a la altura del numero NUM000 de la DIRECCION000, lo estaciona, llamó al timbre del portero automático de dicho piso, le abren sube, al poco tiempo baja y abandona el lugar. Es seguido por la Policía, que lo para e identifica a la altura de la Calle Asunción, ocupándole un envoltorio similar a los citados en los apartado anteriores, que resultó ser cocaína 0,98 gramos. Mas tarde Obdulio fue de nuevo a citado domicilio de la DIRECCION000, llamó al timbre del NUM001 del portero automático, le abren y pocos minutos después vuelve a bajar. Ya en la calle abre el puño que llevaba cerrado y mira un envoltorio que escondía en el mismo, similar al anterior.

Baldomero, sobre las 19#00 horas del día 5 de junio de 2014 en la puerta del bar Torres sito en la Carretera de la Esperanza de Valladolid, tras mantener una breve conversación con persona no identificada le entregó un envoltorio blanco que contenía cocaína y a cambio recibió una cantidad de dinero. El dia 30 de mayo de 2014 sobre las 19#35 horas, Baldomero salió de su domicilio y se dirigió al vehículo matrícula G....GG, propiedad de la otra acusada Tatiana, estacionado en la calle Irún, dejó la puerta del conductor totalmente abierta y se quedó fuera del vehículo. Al poco tiempo llegó andando una persona no identificada a la cual tras mantener una breve conversación con él y recibir de este último varios billetes, uno de ellos de 50 euros, le entregó a cambio un envoltorio que contenía cocaína.

Sobre las 18#35 horas del día 5 de junio de 2014, en la terraza del bar Torres sito en la Carretera de la Esperanza el acusado dio a persona no identificada un envoltorio blanco que contenía cocaína.

Sobre las 18#05 horas del día 25 de junio de 2014 en la terraza del bar " Etxea " sito en la carretera de la Esperanza, Baldomero, tras recibir de Obdulio un billete de 50 euros, le hizo entrega de un envoltorio de color blanco que contenía cocaína.

Sobre las 18#30 horas del día 20 de julio de 2014, las otras dos acusadas Tatiana y Belinda, esta ultima hija de la anterior, que había llegado a España, procedente de Brasil el 14.07.2014, mayor de edad y sin antecedentes penales, salieron del domicilio que compartían con el otro acusado Baldomero, y se subieron en el turismo matrícula G....GG . Belinda se puso al volante del vehículo y circuló con su madre Tatiana por diversas calles de Valladolid. Las acusadas al llegar a la calle Naranjo, frente a la entrada de unas instalaciones deportivas, pararon el vehículo y una persona no identificada, se acercó al mismo, introdujo la cabeza en el interior del coche por el lado de la acompañante e hizo entrega a Tatiana de varios billetes, uno de ellos de 20 euros y a cambio ésta le dio un envoltorio de color blanco que contenía cocaína.

El 21 de julio de 2014, de nuevo Obdulio estacionó un vehículo de su propiedad en la esquina de la calle Goya Avenida de Irán. A los pocos minutos salió del portal del n° NUM000 de la DIRECCION000 Baldomero el cual tras mantener una breve conversación con Obdulio, recibió de éste varios billetes uno de ellos de 20 euros y a cambio el acusado le dio una cantidad de cocaína.

Sobre las 16#15 horas del día 6 de agosto de 2014 Baldomero salió del edificio n° NUM000 de la DIRECCION000 y en el turismo matrícula G....GG se dirigió al Camino de la Esperanza donde aparcó y entró en el bar Torres donde dio a Pedro Jesús una papelina con cocaína con un peso bruto de 1#06 gramos y neto de 0#90 gramos y una riqueza de 34#96 %.En ese momento entraron en el bar funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía los cuales ocuparon a Pedro Jesús las sustancias arriba descritas y al acusado Baldomero tres papelinas de cocaína con un peso bruto de 2#73 gramos, neto de 2#24 gramos y una riqueza de 31#63% las que pensaba destinar a ser distribuidas a terceros.

Sobre las 17#15 horas del mismo día funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía se presentaron en el domicilio de los acusados, sito en la DIRECCION000 n° NUM000 NUM001, al haberse acordado por Auto de 5 de agosto de 2014 del Juzgado de Instrucción n° 6 de Valladolid la entrada y...

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