SAP Zaragoza 264/2015, 31 de Julio de 2015
Jurisdicción | España |
Fecha | 31 Julio 2015 |
Número de resolución | 264/2015 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00264/2015
R.208/2015
SENTENCIA NÚMERO DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO
Ilmos./a Señores/a:
Presidente:
D. Juan Ignacio Medrano Sánchez
Magistrados:
Dª María Jesús De Gracia Muñoz
D. Rafael Mª Carnicero Giménez de Azcárate
En la Ciudad de Zaragoza, a treinta y uno de julio de dos mil quince.
Visto por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los/la Magistrados/a del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 31 de marzo de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia número Diecinueve de Zaragoza, en autos de Juicio Verbal, seguidos con el número 116/2015, de que dimana el presente Rollo de apelación número 208/15, en el que han sido partes, apelante, la demandada Dª Beatriz, representada por el Procurador Luis Alberto Fernández Fortún y asistida por el Letrado D. Alberto Zapico San José, y, apelada, la demandante BUILDINGCENTER, S.A.U., representada por la Procuradora Dª Elsa Bodín Langarica y asistida por el Letrado D. Angel Duque Vitoria, siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON Juan Ignacio Medrano Sánchez.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Por el Juzgado de 1ª. Instancia Número Diecinueve se dictó sentencia de fecha 31 de marzo de 2015, cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que estimando la demanda entablada por la mercantil BUILDINGCENTER, S.A.U. frente a Dª Beatriz .
-
-Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de diciembre de 2010, que unía a las partes sobre la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000, NUM001 NUM002 de Cuarte de Huerva (Zaragoza), así como sobre la plaza de garaje nº NUM003 y el cuarto trastero nº NUM004, ambos en planta NUM005 de la CALLE001 nº NUM006, también de Cuarte de Huerva, Zaragoza.- 2.- Condeno a Dª Beatriz al desalojo de dicha vivienda, garaje y trastero, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hace en la fecha señalada y que ya le fuera comunicada al tiempo de su citación, sin necesidad de nueva notificación posterior si la sentencia deviene firme.- 3.- Condeno asimismo a Dª Beatriz a abonar a BUILDINGCENTER, S.A.U. la cantidad de
16.241,60 # de principal, más los intereses legales que dicha cantidad total devengue desde su interpelación judicial.-4.- Condeno igualmente a la demandada a abonar a la demandante las rentas y gastos y tributos que se hayan devengado y devenguen desde la fecha de interposición de la demanda hasta la del desalojo o el efectivo lanzamiento, cuyo importe concreto se determinara en su caso en ejecución de sentencia. Y,5.-Condeno por último a la demandada a abonar las costas procesales causadas.
Contra dicha resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes se remitieron los autos a este Tribunal el día 5 de junio de 2015, dando lugar a la formación del presente...
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