SAP Sevilla 125/2015, 28 de Mayo de 2015

PonenteMARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
ECLIES:APSE:2015:1523
Número de Recurso6600/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución125/2015
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla

REFERENCIA: ORDINARIO

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO MIXTO Nº2 DE CARMONA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 6600/2014

JUICIO Nº 532/2011

FALLO

REVOCATORIA

S E N T E N C I A Nº 125

PRESIDENTE ILMO SR :

D MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

MAGISTRADO ILMOS SRS :

Dª ROSARIO MARCOS MARTIN

Dª FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ

En la Ciudad de SEVILLA a veintiocho de mayo de dos mil quince.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra Sentencia de fecha 31/05/13 recaída en los autos número 532/2011 seguidos en el JUZGADO MIXTO Nº2 DE CARMONA promovidos por Guillermo representado por la Procuradora Sra FELISA AVELINA PEREZ CANO, contra MUTUA GENERAL DE SEGUROS representada por el Procurador Sr. IÑIGO RAMOS SAINZ, pendientes en esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO MIXTO Nº2 DE CARMONA cuyo fallo es como sigue: "Se desestima la demanda presentada por D. Guillermo contra Mutua General de Seguros".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Guillermo que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose al recurso la sustanciación que la Ley previene para los de su clase, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución, tras la deliberación y votación de este recurso.

TERCERO

Que en la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con base en una póliza de seguro de automóviles que la parte actora tenía contratada y que, entre otras contingencias, contemplaba la invalidez permanente absoluta derivada de accidente, y comoquiera que en efecto había sufrido un accidente de circulación y que años más tarde fue declarada en situación de invalidez permanente absoluta por el órgano competente de la Seguridad Social, vino a reclamar la indemnización prevista para tal contingencia en dicha póliza de seguro, la que le fue denegada por la aseguradora con base en que la patología por la que fue declarado afecta de tal invalidez en el grado absoluto no derivaba en su totalidad del accidente, sino solo en un 15%, y por ello en su momento le fue ofrecida una suma indemnizatoria correspondiente a tal porcentaje, que fue rechazado por el demandante.

Para completar los hechos es preciso poner de manifiesto que con anterioridad, y estando ya declarada la invalidez absoluta, se celebró juicio civil en el que el actor vino a reclamar del propietario del vehículo contrario, y de su aseguradora, las cantidades que entendía le correspondían por las lesiones sufridas y las secuelas, entre...

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