SAP Barcelona 241/2015, 17 de Julio de 2015

PonenteMARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
ECLIES:APB:2015:8141
Número de Recurso296/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución241/2015
Fecha de Resolución17 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Decimotercera

ROLLO Nº 296/2014-1ª

JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO - 250.1.2) NÚM. 758/2013

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 7 RUBÍ

S E N T E N C I A N ú m. 241/15

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª. M. ANGELS GOMIS MASQUE

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de julio de dos mil quince.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal (Desahucio precario - 250.1.2), número 758/2013 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 7 de Rubí, a instancia de ARQUEBISBAT DE BARCELONA contra IGNORADOS OCUPANTES C/ DIRECCION000 NUM000 NUM001 - Elena, habiéndose personado como tal Elena, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la codemandada Elena contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de noviembre de 2013 por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada, es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por l'ARQUEBISBAT DE BARCELONA contra los IGNORADOS OCUPANTES DE LA DIRECCION000 NÚMERO NUM000 NUM001 DE RUBÍ y declaro y haber lugar al desahucio por PRECARIO de Doña. Elena y el resto de ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle LA DIRECCION000 NÚMERO NUM000 NUM001 DE RUBÍ, apercibiendo a la parte demandada que en caso que la sentencia no fuere recurrida se procederá, sin necesidad de notificación posterior, al lanzamiento el día 23 DE ENERO DE 2014 A LAS 10 HORAS.

Las costas del presente procedimiento se impondrán a la parte demandada. "

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte codemandada Elena mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de junio de 2015 . CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. M. ANGELS GOMIS MASQUE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por Dª Elena, se sustancia contra la sentencia que estima el desahucio por precario interpuesto por el ARQUEBISBAT DE BARCELONA contra los ignorados ocupantes de la vivienda de su propiedad, sita en c/ DIRECCION000 NUM000, NUM001 de Rubí, cuya identidad desconoce y quienes la ocupan sin pagar renta ni merced y sin...

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