AAP Tarragona 414/2015, 31 de Julio de 2015

PonenteMIREIA ROS DE SAN PEDRO
ECLIES:APT:2015:126A
Número de Recurso336/2015
ProcedimientoOTROS RECURSOS
Número de Resolución414/2015
Fecha de Resolución31 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo Apelación penal nº 336/2015

Diligencias Previas nº 370/2015

Juzgado de Instrucción nº 3 de El Vendrell

Apelante: PROMOCIMEDIT 2000, SA

Letrada: Dª Marta Tarrida Torrents

Apelado: Ministerio Fiscal

AUTO Nº 414/2015

Tribunal

Magistrados:

Dº Angel Martínez Sáez (Presidente)

Dª Mireia Ros de San Pedro

Dª Susana Calvo González

En Tarragona, a 31 de julio de 2015

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ÚNICO.- La representación procesal de la mercantil PROMOCIMEDIT 2000, SA interpuso recurso de apelación contra el auto de 10 de abril de 2015, por el que se acordaba la inadmisión a trámite de la querella interpuesta por la recurrente. El procedimiento tuvo entrada en esta Sección el día 9 de junio de 2015.

Ha sido ponente la magistrada Dª Mireia Ros de San Pedro

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso combate la inadmisión a trámite de la querella interpuesta contra el conjunto de personas relacionadas en el cuerpo del escrito de querella y recurso de apelación, todos ellos integrantes y miembros del consistorio de la Pobla de Montornés.

Considera el apelante prematura la decisión de inadmisión de la querella, al entender indispensable su admisión para práctica de diligencias que permitan dilucidar la posible comisión de los delitos de prevaricación, apropiación indebida y coacciones, que a juicio del recurrente se entienden cometidos por los querellados. Y considera que el juez a quo hierra al condicionar la admisión a trámite a la existencia de prueba, que sería objeto exigible en otra fase procesal posterior, pero no en la vigente.

El Ministerio Fiscal se opone al recurso entendiendo que la resolución resulta plenamente ajustada a derecho.

SEGUNDO

La querella traslada notitia criminis de hechos que pretende constitutivos el recurrente de un delito de prevaricación, otro de apropiación indebida y otro de coacciones. Así, entiende esta parte que existen indicios de tipicidad respecto de los hechos descritos.

Primeramente y en lo que respecta al delito de apropiación indebida, lo funda la parte recurrente en un doble factum:

  1. De una parte, por denegarse por los querellados la devolución a la querellante de la cantidad de

    6.010,12 #, la cual fue depositada por la promotora en fecha de 6 de junio de 2000, a solicitud del consistorio, en tanto se llevaba a cabo la modificación puntual de las Normas subsidiarias de Planeamiento de La Pobla de Montornés y de un Plan Parcial a tal fin; de modo que dicho depósito se hizo sin estar formalizado procedimiento alguno y a cuenta del futuro pago por la tasa de la licencia de obras para la construcción del complejo residencial para la 3ª edad que asumiría la recurrente en terrenos de su propiedad, una vez se gestionaran los trámites pertinentes para ello.

    Se indica por la querellante que la parte querellada incurre en apropiación indebida (al no devolver dicha cantidad a la recurrente), por un compendio de razones como son: no haber destinado dicha cantidad al fin para el que fue depositada; no ser de aplicación las razones en las que se ampara la no restitución; pues el ayuntamiento funda la causa de no devolución en el hecho de haber prescrito la acción reclamatoria para ello, al amparo de lo prevenido en el Art. 66 LGT, que resulta aplicable al caso, según el consistorio; precepto que prevé como plazo prescriptivo el de 4 años para los supuestos de ingresos indebidos, en los que entiende subsumible dicho depósito; calificación o catalogación que se realiza por el ayuntamiento al considerar que los 6.010,12 # se realizaron sin existir expediente de incoación para la obtención de la licencia y por tanto sin liquidación administrativa ni autoliquidación, por lo que careciendo de causa o concepto que lo justifique, deben recibir el tratamiento de "ingreso indebido", con sujeción a los plazos prescriptivos aplicables a...

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