AAP Barcelona 425/2015, 13 de Noviembre de 2015
Ponente | AURORA FIGUERAS IZQUIERDO |
ECLI | ES:APB:2015:1692A |
Número de Recurso | 236/2014 |
Procedimiento | INCIDENTE |
Número de Resolución | 425/2015 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2015 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCIÓN 11ª
ROLLO Nº 236/2014
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 6 DE BARCELONA
EJECUCIONES HIPOTECARIAS 1034/2012
AUTO nº 425/2015
Ilmos. Sres
FRANCISCO HERRANDO MILLAN
MARIA DEL MAR ALONSO MARTÍNEZ
AURORA FIGUERAS IZQUIERDO
En Barcelona a trece de noviembre de dos mil quince.
Se aceptan los antecedentes de hecho del Auto dictado el día 21 de enero de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia 6 de Barcelona en el procedimiento de Ejecución hipotecaria 1034/2012 instado por BANCO BILBAO SANTANDER, S.A. contra INMOBILIARIA E.A.V. 2000 D. L. siendo la parte dispositiva del auto apelado del tenor literal siguiente: "Estimar la oposición a la ejecución formulada por el Procurador D, Alfredo Martínez Sánchez, en nombre y representación de la ejecutada INMOBILIARIA E.A.V. 2000 S.L. y dejar sin efecto la ejecución despachada en su contra a instancia de BANCO DE SANTANDER, S.A. con expresa imposición a la ejecutante de las costas causadas por este incidente de oposición."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de BANCO SANTANDER,S.A. oponiéndose INMOBILIARIA E.A.V. 2000 S.L. y admitido el mismo se elevaron los autos originales a esta Audiencia, y seguidos los demás trámites procesales, se señaló para deliberación y votación del recurso el día 28 de octubre de 2015 .En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTOS, siendo ponente Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO
En fecha 27 de septiembre de 2012 se dictó Auto conteniendo orden general de ejecución a instancia de BANCO SANTANDER; S.A. contra INMOBILIARIA, E.A.V. 2000 SL, siendo el título ejecutivo la escritura de compraventa con subrogación en préstamo garantizado con hipoteca y novación de condiciones de la hipoteca, otorgada en fecha 12 de noviembre de 2007. La ejecutada formuló escrito presentando oposición a la ejecución alegando que el título aportado carece de carácter ejecutivo pues, según consta en el mismo, el Notario autorizante indica que se expide a instancia de la parte acreedora primera copia con todos los efectos legales salvo los ejecutivos.
Dándose traslado a la parte ejecutante del escrito de oposición presentado por la ejecutada por la primera se presentó escrito interesando se le concediese un plazo prudencial a fin de aportar a autos la Escritura de préstamo hipotecario con efectos ejecutivos.
Por Auto de 21 de enero de 2014, que ahora se recurre, se estima la oposición pues atendiendo al art. 17.1 de la Ley del Notariado y 233 de su Reglamento con posterioridad a la reforma carecen de fuerza ejecutiva las copias en que el Notario no recoja la mención de que ha sido expedida con carácter ejecutivo, y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Toledo 106/2017, 12 de Julio de 2017
...Se trata en definitiva en el momento en que se produce, de un defecto ya no subsanable. Así se pronuncia por ejemplo el AAP de Barcelona de 13 de noviembre de 2015 en un supuesto idéntico, en que se presenta copia de la escritura en que el Notario no recoge la mención de que ha sido expedid......