AAP Barcelona 425/2015, 13 de Noviembre de 2015

PonenteAURORA FIGUERAS IZQUIERDO
ECLIES:APB:2015:1692A
Número de Recurso236/2014
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución425/2015
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN 11ª

ROLLO Nº 236/2014

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 6 DE BARCELONA

EJECUCIONES HIPOTECARIAS 1034/2012

AUTO nº 425/2015

Ilmos. Sres

FRANCISCO HERRANDO MILLAN

MARIA DEL MAR ALONSO MARTÍNEZ

AURORA FIGUERAS IZQUIERDO

En Barcelona a trece de noviembre de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho del Auto dictado el día 21 de enero de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia 6 de Barcelona en el procedimiento de Ejecución hipotecaria 1034/2012 instado por BANCO BILBAO SANTANDER, S.A. contra INMOBILIARIA E.A.V. 2000 D. L. siendo la parte dispositiva del auto apelado del tenor literal siguiente: "Estimar la oposición a la ejecución formulada por el Procurador D, Alfredo Martínez Sánchez, en nombre y representación de la ejecutada INMOBILIARIA E.A.V. 2000 S.L. y dejar sin efecto la ejecución despachada en su contra a instancia de BANCO DE SANTANDER, S.A. con expresa imposición a la ejecutante de las costas causadas por este incidente de oposición."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de BANCO SANTANDER,S.A. oponiéndose INMOBILIARIA E.A.V. 2000 S.L. y admitido el mismo se elevaron los autos originales a esta Audiencia, y seguidos los demás trámites procesales, se señaló para deliberación y votación del recurso el día 28 de octubre de 2015 .En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTOS, siendo ponente Dª. AURORA FIGUERAS IZQUIERDO

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En fecha 27 de septiembre de 2012 se dictó Auto conteniendo orden general de ejecución a instancia de BANCO SANTANDER; S.A. contra INMOBILIARIA, E.A.V. 2000 SL, siendo el título ejecutivo la escritura de compraventa con subrogación en préstamo garantizado con hipoteca y novación de condiciones de la hipoteca, otorgada en fecha 12 de noviembre de 2007. La ejecutada formuló escrito presentando oposición a la ejecución alegando que el título aportado carece de carácter ejecutivo pues, según consta en el mismo, el Notario autorizante indica que se expide a instancia de la parte acreedora primera copia con todos los efectos legales salvo los ejecutivos.

Dándose traslado a la parte ejecutante del escrito de oposición presentado por la ejecutada por la primera se presentó escrito interesando se le concediese un plazo prudencial a fin de aportar a autos la Escritura de préstamo hipotecario con efectos ejecutivos.

Por Auto de 21 de enero de 2014, que ahora se recurre, se estima la oposición pues atendiendo al art. 17.1 de la Ley del Notariado y 233 de su Reglamento con posterioridad a la reforma carecen de fuerza ejecutiva las copias en que el Notario no recoja la mención de que ha sido expedida con carácter ejecutivo, y...

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