SAP Madrid 108/2016, 4 de Marzo de 2016

PonenteMANUEL CHACON ALONSO
ECLIES:APM:2016:5422
Número de Recurso899/2014
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución108/2016
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934435,914934730/553

Fax: 914934551

LJM7

37051530

251658240

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0016039

Procedimiento Abreviado nº 899/2014

Juzgado Instrucción nº 1 de Alcalá de Henares

Diligencias Previas 1163/2011

S E N T E N C I A Nº 108/2016

Audiencia Provincial de Madrid

Sección Primera

Magistrados

Dª Adela Viñuelas Ortega

D Manuel Chacón Alonso

Dª Isabel María Huesa Gallo

En Madrid, a cuatro de marzo de dos mil dieciséis.

Visto en juicio oral y público por este tribunal la causa al margen referenciada seguida contra el acusado don Víctor, con NIE nº NUM000, nacido el NUM001 de 1970 en Colombia, hijo de Miguel Ángel y Leocadia, habiendo sido detenido el día 22 de mayo de 2011 y puesto en libertad el mismo día por auto del Juzgado de Instrucción nº 1 de Alcalá y privado de libertad por esta causa desde el día 30 de abril de 2015, fecha en que fue detenido en Colombia hasta el día de hoy en que fue puesto a disposición de este Tribunal.

Son partes: el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Doña Mª Ángeles Valle Santana, el acusado representado por la procuradora doña Aurora Gutiérrez Martín y defendido por la letrada doña Ana Cristina García-Abad García-Abad, siendo ponente el magistrado don Manuel Chacón Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa, incoada en virtud de atestado número NUM002 de Comisaría Local de Alcalá de Henares del Cuerpo de Policía Nacional, de fecha 22 de mayo de 2011, ha sido instruida por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Alcalá de Henares que practicó las diligencias de investigación que estimó pertinentes.

Alcanzada la fase intermedia el Ministerio Fiscal calificó provisionalmente los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud, tipificado en el artículo 368 del Código Penal solicitando la imposición al acusado Víctor, como autor criminalmente responsable del delito ( artículo 28 CP ) y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de noventa euros, con dos días de responsabilidad personal subsidiaria, costas, comiso de la sustancia y dinero intervenido.

La defensa en igual trámite solicitó la libre absolución de su patrocinado con todos los pronunciamientos favorables.

SEGUNDO

Señalada la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el día 4 de marzo de 2016 se celebró con asistencia de todas las partes.

El Ministerio Fiscal, modificando sus conclusiones provisionales, en la segunda, modifica en el sentido de que "los hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 párrafo segundo del Código Penal ; y en la quinta, en el sentido de que "solicita la pena de 18 meses de prisión y multa de 20 euros con un día de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago", manteniendo el resto.

TERCERO

A continuación se informó al acusado de las consecuencias de una posible conformidad y éste reconoció los hechos objeto de acusación y mostró su conformidad con la pena interesada por el Ministerio Fiscal en dicho acto manifestando que se reconoce autor de los hechos y se conforma con la pena y multa solicitada; su Letrado, a la vista del tal reconocimiento, considera...

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