SAP Madrid 322/2016, 28 de Abril de 2016
Ponente | CARLOS MARTIN MEIZOSO |
ECLI | ES:APM:2016:5997 |
Número de Recurso | 600/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 322/2016 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 30ª |
Sección nº 30 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 12 - 28035
Teléfono: 914934388,914934386
Fax: 914934390
GRUPO 2
37050100
N.I.G.: 28.079.43.1-2015/0293407
251658240
Apelación Juicio sobre delitos leves 600/2016
Origen :Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid
Juicio sobre delitos leves 74/2015
Apelante: D. Alfonso
Letrado: D. JOSÉ Mª. MONZÓN MORENO
Apelado: MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA 322 / 2016
En Madrid, a 28 de abril de 2016
Carlos Martín Meizoso, Magistrado Juez, ha visto los autos referidos en el encabezamiento, relativos al recurso de apelación interpuesto por Alfonso contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción 48 de Madrid, el 16 de febrero de 2016 .
ANTECEDENTES PROCESALES
El relato de Hechos Probados de la Sentencia apelada dice así:
PRIMERO.- El 19/6/2015, Felicisimo, tras contactar con quién dice ser Pascual, acordó el alquiler de un apartamento vacacional por ocho noches, del 20 al 28/07/2015, y por un precio de 550 euros, de los cuales 200 euros ingresó por transferencia en la cuenta NUM000 a nombre del tal Pascual, pero posteriormente el denunciado, cuyo verdadero nombre es Alfonso, el cual el dinero recibido lo traspasó a la cuenta NUM001 de la entidad Swissquote Bank, sin dar explicaciones al denunciante, que no pudo contactar con él.
La resolución impugnada contiene el siguiente Fallo:
"QUE DEBO DE CONDENAR COMO CONDENO a Alfonso, como autor responsable de un delito leve de estafa, a la pena de un mes de multa a razón de cuatro euros día.
Que indemnice a Felicisimo en la cantidad de 200 euros".
La parte apelante interesó que se revocara la Sentencia apelada y se dictara otra por la cual se absuelva al recurrente o, subsidiariamente, se anule el juicio y la sentencia, acordando la continuación de las diligencias de averiguación.
El Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la resolución impugnada. HECHOS PROBADOS
Único: Se sustituyen los relatados en la Sentencia apelada por los siguientes:
El 19-6-2015, Felicisimo, tras contactar con quién decía ser Pascual, acordó el alquiler de un apartamento vacacional por ocho noches, del 20 al 28-07-2015, y por un precio de 550 euros, de los cuales 200 euros ingresó por transferencia en la cuenta NUM000, a nombre del tal Pascual, pero posteriormente se traspasó el dinero recibido a otra cuenta, abierta a nombre de Alfonso, con número NUM001, de la entidad Swissquote Bank. No se ha acreditado que el acusado...
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