SAP A Coruña 203/2016, 15 de Junio de 2016

PonenteCARLOS FUENTES CANDELAS
ECLIES:APC:2016:1665
Número de Recurso234/2015
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución203/2016
Fecha de Resolución15 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

A CORUÑA

SENTENCIA: 00203/2016

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

A CORUÑA

Rollo: 234/15

Proc. Origen: Juicio Verbal Civil por razón de Cuantía núm. 50/14

Juzgado de Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Muros

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, constituida en Tribunal Unipersonal, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente:

SENTENCIA Nº 203/2016

Ilmo. Sr. Magistrado:

CARLOS FUENTES CANDELAS

En A CORUÑA, a quince de junio de dos mil quince.

En el recurso de apelación civil número 234/15, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Muros, en Juicio Verbal Civil por razón de Cuantía núm. 50/14, sobre "acción de servidumbre", seguido entre partes: Como APELANTE/DEMANDADA: DOÑA Marisa, representada/ o por el/a Procurador/a Sr/a. González Martín como APELADO/DEMANDANTE: DON Segismundo, representada/o por el/a Procurador/a Sr/a. Tejelo Núñez.-

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por la Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Muros, con fecha 12 de febrero de 2015, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Segismundo, frente a D. Marisa, y en consecuencia debo declarar y declaro lo siguiente:

- Que la finca " DIRECCION000 " o " DIRECCION001 " está gravada con servidumbre de paso a favor de la finca propiedad del actor descrita en el fundamento primero de la presente resolución llamada " DIRECCION002 ", y a favor de la mitad sur del hórreo de su propiedad, debiendo la demandada a estar y pasar por tal declaración

- Que la servidumbre constituida a favor de la finca " DIRECCION002 " discurre desde el camino público del lugar de DIRECCION003 entrando por la cancilla norte de la finca de la demandada, siguiendo en paralelo a la casa vivienda del actor, hasta llegar a la parte sur del hórreo de. la demandada para arrojar desde dicho punto maderas, pajas, ramajes a la " DIRECCION002 ", debiendo la demandada a estar y pasar por tal declaración .

- Que la servidumbre constituida a favor del hórreo de su propiedad para acceder al mismo, discurre entrando por el mismo lugar e igual trayectoria, yendo en su parte final desde la parte sur del hórreo de la demandada hasta la puerta de entrada de la parte del hórreo propiedad del actor (de conformidad con el plano n° 2 del informe pericial del Sr. Aurelio ), debiendo la demandada a estar y pasar por tal declaración.

Y en consecuencia debo condenar y condeno a Da. Marisa a:

- Eliminar todo obstáculo que perturbe el ejercicio de las servidumbres, retirando de la cancilla norte los elementos que impiden su apertura, así como la malla de plástico que va desde la esquina sureste del hórreo de su propiedad hasta la esquina suroeste del hórreo del actor,

reponiendo el terreno a su estado natural en las inmediaciones de dicho hórreo, eliminando el ribazo existente y tapando los hoyos provocados por las aves de corral, colocando elementos que impidan que 6stas se muevan por el lugar por donde discurre el paso .

- Retirar las tejas que cubren el rego o caño de agua a que se refiere el hecho sexto de la demanda .

- Abstenerse de realizar actos que impidan, restrinjan o dificulten el uso de las servidumbres de paso .

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada. "

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de la demandada que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno y la práctica de prueba, se acordó la celebración de vista para el día 24 de mayo de 2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone la parte demandada recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Muros que estimó todas las pretensiones del demandante acerca de la existencia de la servidumbre de paso sobre la DIRECCION000 " o " DIRECCION001 " perteneciente a aquélla y a favor de la finca del demandante y de la parte del hórreo de éste a que se refiere su demanda, además de en relación al rego o caño de agua, cuyos usos la demandada estaría ya negando e impidiéndolo ya perjudicándolos. En la sentencia se llego a la conclusión de que al menos habría sido adquirida la servidumbre por prescripción inmemorial de un familiar anterior del que trae causa el demandante.

SEGUNDO

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR